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viernes, diciembre 19, 2025

Niega Aguascalientes derechos humanos a la comunidad LGBT

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Por privar de derechos fundamentales a las personas de la diversidad sexual, Aguascalientes se encuentra rezagado constitucionalmente en materia de derechos humanos
  • De acuerdo con un estudio de la CNDH, esto representa un reto para los legisladores del Congreso del Estado

 

Por privar de derechos fundamentales a la comunidad LGBTTI -lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero e intersexual-  Aguascalientes se encuentra entre los 15 estados rezagados en la armonización de su Constitución, a siete años de la reforma constitucional en materia de derechos humanos promulgada en 2011.

De acuerdo con un estudio de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), Aguascalientes registra un avance del 90.91 por ciento en el cumplimiento de las disposiciones jurídicas previstas en dicha reforma, sin embargo, la prohibición de toda discriminación motivada por las preferencias sexuales es el único de los rubros descuidado en las leyes locales.

El documento “Constituciones estatales frente a la Reforma Constitucional de Derechos Humanos de 2011” con corte al 31 de agosto de 2018, señala que la normatividad estatal presenta un avance del 50.91 por ciento en las garantías de la diversidad sexual:

*No discriminación por orientación sexual 100%

*Discriminación como delito 100%

*No discriminación por identidad ni expresión de género  60%

*Procedimiento con base en el consentimiento libre e informado 60%

*Registro confidencial 60%

*Procedimiento expedito y con tendencia gratuita 60%

*Vida libre de violencia 60%

*No discriminar por los fines del matrimonio 0%

*Discriminación en las personas que pueden acceder al matrimonio 0%

*Derecho a adoptar 0%

Este rezago se traduce en la imposibilidad de que este sector pueda exigir y hacer totalmente efectivos sus derechos fundamentales y representa un reto de la mayor importancia para los legisladores del Congreso del Estado.

El derecho de las personas a no ser discriminadas por sus preferencias sexuales forma parte del  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que establece que “Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción, los derechos reconocidos en el Presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”.

La entidad aguascalentense tiene un cumplimiento del cien por ciento del resto de las disposiciones jurídicas que se desprenden de la reforma constitucional en materia de derechos humanos: el principio pro persona; el principio de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; el principio de interpretación conforme a los tratados internacionales; la obligación de todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos; obligación del estado de fomentar el respeto a los derechos humanos en la educación que imparto; organizar el sistema penitenciario sobre la base del respeto a los derechos humanos; y establecer y garantizar la autonomía de los organismos de protección de los derechos humanos.

Las 17 entidades federativas cuyas leyes han sido totalmente homologadas conforme a los mandatos de la citada reforma constitucional son: Baja California Sur, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Durango, Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sinaloa, Yucatán y Zacatecas. En contraste, Chiapas, Chihuahua, Morelos y Sonora registran el menor porcentaje de cumplimiento.

El análisis de la CNDH es la cuarta entrega que compara lo estipulado en el texto de la Carta Magna del país y las constituciones estatales. La armonización en los 32 estados es del 89.38 por ciento.

 

Fuente

: http://armonizacion.cndh.org.mx/Armonia/Armonizacion

 

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