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jueves, enero 29, 2026

Legislan para otros; no hay en el Congreso lo que piden afuera

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En la nómina del Congreso del Estado no figura una sola persona que posea discapacidad, pese a que desde 2008 los diputados aprobaron la reforma a la Ley de Integración Social y Productiva de Personas con Discapacidad para el Estado de Aguascalientes, por la cual el ejecutivo, legislativo y judicial, así como los municipios de la entidad quedaban obligados a contratar un número de personas con esta característica, hasta alcanzar el mínimo de dos por ciento de la nómina.

De acuerdo con la información obtenida vía ley de transparencia por La Jornada Aguascalientes el 25 de agosto, “hasta el día de hoy, el Congreso del Estado cuenta con doscientas veintinueve personas laborando; asimismo, hago de su conocimiento que el Poder Legislativo no posee en su nómina personas con alguna discapacidad…”

Pero, si los que crearon la ley no la cumplen, los que deben aplicarla y los que deben velar su ejecución tampoco lo hacen; como lo había dado a conocer este medio con anterioridad, también con información obtenida por transparencia, en el ejecutivo no alcanzan el porcentaje señalado en la ley de integración y de acuerdo con la información entregada por la unidad de enlace del Poder Judicial, esa instancia tampoco.

Según el documento, la nómina del Poder Judicial del estado se compone de 600 personas. De ellas, nada más una presenta discapacidad de tipo neuro-músculo-esquelético (falta de elasticidad y dificultad de movimiento).

Esta persona, que representa el .16 por ciento de la nómina, recibe un sueldo mensual de 6 mil 216 pesos, 140 mil pesos menos que el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia y 102 mil 771 pesos menos que el resto de los magistrados.

En lo referente al gobierno estatal, sin tomar en cuenta ninguna dependencia, la Secretaría de Gestión e Innovación (SEGI) reporta una plantilla laboral del cuatro mil sesenta personas, seis de las cuales padecen algún tipo de discapacidad.

Al empleado que presenta “dificultad para caminar” se le pagan nueve mil 248 pesos mensuales; al que padece “poca movilidad en su cadera”, 16 mil 881.66; al que le falta un brazo, cinco mil 271.32 pesos; al que sufrió “embolia cerebral”, 11 mil 343.91; al “invidente” cinco mil 948.23 y  al “paralítico”, siete mil 322.38 pesos al mes.

Estas personas representan el .15 por ciento de la nómina de gobierno del estado; sus sueldos mensuales juntos suman 56 mil 052 pesos, que equivalen a 68 mil 843.5 pesos menos que el sueldo del gobernador, tomando en cuenta la cifra que todavía aparece en el tabulador.

Cabe aclarar que la ley, que entró en vigor el 1 de julio del año pasado, otorgó en los transitorios un plazo máximo de 12 meses para que los tres poderes y los municipios acataran las medidas; habiendo vencido en julio de este año.

Jaime Pérez Camacho, legislador impulsor de la modificación, expresó que “no se trata de despedir personas o de incluir en la nómina personas con alguna discapacidad; se trata de que si hay una vacante pueda ser contemplada la persona que tiene alguna discapacidad dentro de la lista de nómina”, aunque admitió que el incumplimiento de la disposición se sancionaría según la Ley de Responsabilidad del Servidor Público.

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