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miércoles, febrero 4, 2026

Revoca STJ acuerdo del IEE; lo declara autoridad sin competencia para emitirlo

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En sesión plenaria que duró alrededor de dos horas, los seis magistrados del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) del estado emitieron ayer la resolución que revocó el acuerdo emitido por el Instituto Estatal Electoral (IEE) que obligaba a los servidores públicos con aspiraciones a contender en la elección del año entrante a retirarse del cargo a más tardar el próximo lunes, sentencia que abarca los 49 recursos presentados, incluidos el del edil capitalino Gabriel Arellano y el Partido del Trabajo como tercer interesado.

Juan Arturo Muñiz Candelas, magistrado presidente del STJ, informó
que, conforme el tercer resolutivo de la sentencia, “se revoca el
acuerdo CGA-38/09 iniciado el 5 de noviembre de 2009 y concluido el 6
del mismo mes y año, emitido por el Consejo General del Instituto
Estatal Electoral al carecer el mencionado instituto de competencia
para ello”.

En el segundo resolutivo del documento del cual se negó a entregar
copia, se lee que “se declaran fundados los agravios que hicieron valer
los recurrentes respecto al acuerdo CGA-38/09, tomado en el Consejo
General del Instituto Estatal Electoral en sesión extraordinaria de
fecha 5 de noviembre de 2009, concluida el 6 de mismo mes y año, en
relación al requisito de elegibilidad consistente en la fecha límite
para la separación del cargo de servidor público que pretenden
contender para un cargo de elección popular 2009-2010”.

Muñiz Candelas señaló que la sentencia será impugnable por el PT o
por algún actor interesado ante la Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación por los interesados, que en este
caso pudieran ser el propio Instituto y el PT como tercer interesado. 
Aquella autoridad, dirá si el STJ resolvió bien o mal, o bien si se
satisficieron los reclamos hechos en los recursos.

Aunque los consejeros electorales que el día de la sesión votaron a
favor del acuerdo hoy desechado argumentaron que la intención de éste
era que la autoridad correspondiente diera certeza a la fecha en que
los actuales servidores públicos deberían retirarse de su cargo, el
titular del Poder Judicial local señaló que no corresponde a éste
decirle fijar la fecha para la renuncia de los funcionarios con
aspiraciones electorales, sino determinar únicamente la competencia del
IEE para emitir el acuerdo.

Aclaró que “cuando hay un litigio, hay una pretensión”, una petición
o exigencia que el IEE no expresó (“simplemente emitió un acuerdo”),
por lo que “no queda materia que resolver” y en ese sentido el Poder
Judicial no le va a decir qué hacer

Indicó que los diputados, funcionarios estatales y cualquier otro
servidor público interesado deberán renunciar a su puesto conforme al
Código Electoral del estado y a la Constitución local, motivo de la
controversia.

Cuestionado respecto a la discrepancia establecida entre ambas
legislaciones, explicó que “eso se va a tener que determinar al momento
de saber quién reúne los requisitos de elegibilidad y eso sólo se
determina cuando ya vayan a ser elegidos, cuando vaya a determinar
quién fue el candidato que salió triunfador”, cuando se revise si
reunió los requisitos de elegibilidad.

De este modo, admitió, aún después de la jornada electoral del 4 de
julio de 2010 podrá determinarse si actuaron conforme a derecho o no.

De acuerdo con el Código Electoral de Aguascalientes, la separación
del cargo debe darse 90 días antes del registro de los candidatos,
mientras que la Constitución señala el plazo de 90 días antes de la
elección.

Al respecto, recordó que no es al Judicial, sino al Poder
Legislativo, que corresponde derogar el artículo de una u otra ley y,
en todo caso, previó, “a quien le perjudique ese artículo, bueno, lo va
a impugnar en su momento”, también al Tribunal Federal Electoral
(Trife).

Ayer mismo, según se indicaba en el documento, se notificaría de
manera personal y en estrados a la Sala Superior del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación, al propio IEE y a todos los
interesados.

Finalmente, subrayó que los 37 juicios de protección que la Sala
Superior no fueron “regresados” al órgano de justicia local, sino que
“reencausó, determinando que lo que se interpuso propiamente es un
recurso” y que esta decisión es completamente diferente de la
impugnación que pudiera darse de la sentencia de revocación del
acuerdo.

 

PT descarta impugnar

 

En entrevista telefónica, Héctor Quiroz García, presidente estatal
del Partido del Trabajo (PT) descartó que ese instituto político vaya a
impugnar ante el Tribunal Federal, aunque consideró que los magistrados
dictaminaron de manera apresurada.

En una postura contraria a la que expresó cuando anunció que
interpondría el recurso, expresó que “es una medida que se me hace
normal y que se tiene que acatar y que marca los plazos que da la ley”.

El Consejo General del IEE emitió ese acuerdo el pasado 6 de
noviembre, al retomar los trabajos de una sesión que inició el día
anterior y en la que decretó un receso, en medio de un debate que
generó una decisión tomada en mayoría por diferencia de un voto de los
consejeros.

Desató controversia la publicación del acuerdo en el Periódico
Oficial del Estado el mismo día en que fue tomado, decisión que, a
decir del secretario general de gobierno, fue para dar celeridad al
trámite de las impugnaciones.

Además, se dio después de meses de pugnas entre los actuales
consejeros y el Congreso del estado motivadas por las irregularidades
en la selección del Consejo General que entrará en funciones en marzo
del año entrante, proceso que fue varias veces impugnado y en el que
hasta el pasado miércoles se cumplió con la última resolución del
tribunal federal.

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