- Ordenó elaborar dictamen para que Carlos Lozano tome protesta en diciembre
- El PAN no probó la intervención, persecución política, inequidad y demás acusaciones
El Tribunal Local Electoral (TLE) declaró válida la elección de gobernador en Aguascalientes, la entrega de la constancia de mayoría a Carlos Lozano de la Torre y ordenó la elaboración del dictamen correspondiente para que tome posesión, y recompuso el cómputo estatal del 4 de julio, recuento que favoreció a la coalición que lo postuló a la gubernatura.
Según la recomposición de votos que el TLE dio a conocer en su sesión de ayer, “Aliados por tu bienestar” obtuvo 204 mil 625 votos, contra 182 mil 328 del Partido Acción Nacional (PAN). En lo individual, el PRI tuvo 171 mil 359 votos, el PRD 18 mil 800, el PT 11 mil 414, el PVEM 7 mil 298 y el PANAL 20 mil 862.
Junto con la sentencia del recurso de nulidad 46/2010 y acumulados, los magistrados aprobaron por unanimidad declarar improcedentes los recursos de apelación del Partido Acción Nacional contra los acuerdos del Consejo General del Instituto Estatal Electora (IEE) en que se resolvieron sus quejas por actos anticipados de precampaña y proselitismo durante la veda electoral, identificados con los números 48, 50 y 51 de 2010.
Habiendo cumplido la sentencia del 6 de octubre del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el PAN tendrá cuatro días naturales para impugnar la sentencia, a partir de que reciba la notificación correspondiente.
Dentro del recurso de nulidad de la elección, los jueces determinaron improcedentes o infundados los agravios que Acción Nacional reclamó, como una “excesiva” difusión de la imagen de Lozano de la Torre en los medios locales de comunicación, actos anticipados de precampaña como entrevistas donde pidió el voto para su persona sin ser aún siquiera precandidato o el registro de manera “dolosa y fraudulenta” de otros candidatos del PRI, cuando él y Lorena Martínez habían sido designados candidatos de unidad.
En el proyecto de sentencia aprobado, el Tribunal consideró que el PAN no aportó elementos probatorios directos o se basó en afirmaciones subjetivas infundadas para denunciar esas acciones.
Bajo el mismo criterio resolvió las apelaciones 48, 50 y 51 y entre los alegatos de los representantes panistas que desestimó estuvieron nuevamente los actos anticipados, pero también “persecución política”, condiciones de “inequidad” e “intervención indebida” por parte del gobernador, el gobierno del estado, el municipio de Aguascalientes, el Instituto Estatal Electoral y el Poder Judicial a través del juez sexto penal.
Junto con esto argumentó cobertura excesiva a Lozano de la Torre y los candidatos aliancistas, incumplimiento del requisito de elegibilidad de tener nacionalidad mexicana y nulidad específica de casillas, entre otros.




