- El acuerdo del C. general no fue visto con buenos ojos por las OSC, puede haber impugnaciones.
- En Aguascalientes es importante y sano que la sociedad sea parte de la participación electoral
- Cualquier ciudadano puede participar en promoción electoral siempre que cumpla con los requisitos que establece el Consejo.
El Consejo general del IFE determinó un nuevo reglamento, mediante el cual, se precisan los términos de la promoción del voto para los subsecuentes procesos electorales, además de un apoyo económico para las organizaciones de la sociedad civil OSC’s, señala el vocal ejecutivo del IFE, Ignacio Ruelas Olvera.
En primer lugar las entidades de interés publico, señala el vocal, no vieron con buenos ojos el acuerdo: “los próximos días serán parte de un tiempo de espera crítico para saber si fue impugnado el acuerdo por alguna de las entidades de interés publico, que además cuentan con la facultad jurídica para hacerlo”.
En una democracia, como la que se vive en Aguascalientes, es importante y sano que la sociedad sea parte de la participación, de modo que el regular debe ser una prioridad ética, es decir, que si existe una promoción del voto por parte de agrupaciones de la sociedad civil a favor de algún partido político, es un tipo de promoción que deberá ser sancionada por la norma establecida, ya que ninguna autoridad civil, municipal, estatal o federal puede promover el voto, ya que es una actividad que la Constitución [CPEUM] le asigna única y exclusivamente al IFE.
“De modo que ninguna agrupación u organización podrá identificarse ni con los colores, ni con los discursos, ni ideológicamente con ningún partido político, esto en razón de que los partidos políticos son los actores de la competencia, de modo que la intervención de las organizaciones o agrupaciones generarían un desequilibrio en la competencia electoral, así como el uso de los respectivos recursos en la promoción del voto”.
Es muy importante señalar que los tiempos en los que ha quedado constituido el proceso electoral ahora son mucho más complejos, esto por su nueva concepción que se traduce en distintas faces: campañas, etapa intermedia, precampaña y tiempos antes de la precampaña, que aunque no están regulados por la materia electoral, se cuenta con un reglamento para diferentes ordenamientos.
Cualquier ciudadano puede involucrarse en propósitos de promoción electoral o de promoción al voto, pero deberá cumplir con los requisitos que ha establecido el Consejo general: “el acuerdo se realizó el pasado lunes por el Consejo general, pero no se ha publicado en el Diario Oficial de la federación de manera que no ha causado estado, pero si lo hubiese causado al día siguiente de su publicación, de cualquier manera estaría en firme, pero aún no vence el término para que pueda ser impugnado”.




