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viernes, diciembre 5, 2025

Congreso del Estado / Nueva reforma a la legislación penal

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La Comisión de Justicia del Congreso del Estado aprobó las reformas a los artículos 106 y 353 de la Legislación Penal de Aguascalientes y se derogó el 483, para con ello establecer cambios en el incidente de ejecución en la reparación de daños y perjuicios.

Con estos cambios el incidente se iniciará de oficio por la autoridad judicial, una vez que la sentencia haya causado ejecutoria. Se tramitará por una sola vez y su duración no podrá exceder de sesenta días hábiles, contados a partir de la notificación de su apertura hasta su total conclusión.

Imagen de archivo | Foto: Gilberto Barrón

Además ahora no se podrá acceder al beneficio de la libertad provisional bajo caución con la presentación del recurso de apelación contra una sentencia condenatoria.

Los legisladores accedieron también a la primera propuesta de dictamen de Ley Orgánica del Ministerio Público para el Estado de Aguascalientes que presentara el titular del Poder Ejecutivo local.

Por otra parte, rechazaron la iniciativa de reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes, mediante la cual se pretendía convertir los actuales juzgados mixtos a la modalidad de especializados, lo que implicaría la separación de los asuntos mercantiles de los civiles.

Miguel Ángel Juárez Frías aclaró que se trata de un buen proyecto de ley, pero que es inaplicable por la operatividad actual del Poder Judicial, principalmente por la cuestión de recursos e infraestructura.

Además, Gregorio Zamarripa Delgado adelantó que en próximas sesiones se dará a conocer un calendario de conferencias y consultas con especialistas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para continuar con el análisis de las reformas para el nuevo sistema de justicia penal oral.

En otros asuntos, se indicó que Alfredo Nieto Estebanez estará por mantenerse en la curul, debido a que José Ángel González Serna, a quien sustituye, aventaja en la elección para diputado federal por el Distrito III.

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