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viernes, diciembre 5, 2025

¿Derecho a la vida o derecho a decidir? / Marco Vinicio Saldaña en LJA

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El diputado Mario Guevara Palomino, presidente del Congreso del Estado, sostuvo que el tema  del “derecho a la vida, es el más importante que se ha debatido en las legislaturas de los últimos 50 años en Aguascalientes”.

Los principios de los derechos humanos, de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, son el andamiaje que debe fundamentar el debate parlamentario planteado aunado a la naturaleza laica del Estado, sin que resulte, lo que José Ramón Cosío Díaz, Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), llama una casa de los sustos, por la falta de responsabilidad y prevalencia del interés particular o faccioso sobre el interés general.

Se debe destacar la centralidad de la ética en todo Estado que se reconozca como laico, resultado de la unidad de la voluntad esencial con la voluntad subjetiva,

y en la que esta última representa “la materia que sirve para realizar el fin racional y tiene vida sustancial, una realidad que se mueve en lo esencial… Es el todo moral, el Estado que es la realidad en que el individuo tiene y disfruta de la libertad, en tanto saber, fe y voluntad de lo general”, cita Althusser a Hegel y, de esta manera, el estado de la eticidad deja de ser un espacio reservado a un grupo de individuos definidos por su condición social.

Si el derecho a la vida es absolutizado, los principios de los derechos humanos serán agraviados uno a otro y con ello, la condición de igualdad establecida en el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice: “El varón y la mujer son iguales ante la ley” y en esta misma situación, se verá inmerso el planteamiento que establece que “Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos”.

Es condición contemplar que la protección del derecho a la vida conforme a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, es aplicativa de manera  gradual e incremental; no constituye, por lo tanto, un deber absoluto e incondicional, sino que implica entender la procedencia de excepciones a la regla general, argumenta el Ministro de la Suprema Corte, citado.

El derecho a decidir, es una respuesta al dominio improcedente que se ha impuesto a raíz del interés de algunos sectores, políticos e iglesias, por convertir los derechos sexuales y reproductivos en un valor de cambio e inmiscuirse en la privacidad y dignidad de las personas, que acertadamente establece distancia y ámbito diferencial, la propia Carta Magna, tal como se ha argumentado en párrafos anteriores.

No se trata de un proceso de secularización lo que permitiría establecer un referente jurídico de largo alcance e incluyente, se trata de despolitizar y desideologizar un asunto que para algunos sectores significa el menoscabo de la fe cuando en la cotidianidad es superflua cualquier implicación que sí en cambio, alimenta aquellos valores que permiten la reproducción del clima de violencia contra las mujeres como la misoginia, el machismo, la trata de blancas, relaciones laborales y familiares que subestiman la condición humana y su papel en la sociedad.

Restituirnos a nosotros, los hombres, en el mundo de las mujeres, paradójicamente, es la restitución de la mujer y su dignidad, a partir de la construcción de un andamiaje cultural que proporcione su empoderamiento.

Sería una vergüenza que cuando la iniciativa del derecho a la vida llegara al pleno de la Cámara la palabra mujer estuviera en boca de quienes quieren hacer pasar el derecho a decidir como resultado de improperios con el fin de socavar el diálogo, la razón y la certeza de que la realidad está comprendida por un abanico de diferencias que a pesar de la bajeza y dogmas  humanos, han coexistido en el tiempo y en el espacio y son lección de la historia que cada vez hace más visible la diversidad frente al pensamiento único.

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