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viernes, diciembre 5, 2025

Divorcio exprés por una sola voluntad, propone diputado

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  • Violencia conyugal se da por unir a la fuerza lo que por fuerza se ha desvinculado
  • Crear una hipótesis única para demandar la disolución: Gilberto Carlos Ornelas

 

La voluntad de una de las partes debe ser la única causal en el divorcio, propone Gilberto Carlos Ornelas, legislador del Partido de la Revolución Democrática.

En el último día del segundo periodo ordinario de sesiones del tercer año legislativo, el pasado jueves, el perredista presentó ante la Oficialía de Partes del Congreso del Estado, la iniciativa de reformas al Código Civil, que elimine cuellos de botella o burocratismos al divorcio.

En su exposición de motivos, el legislador plantea que la mutua perfección de los esposos no debe ser relegada a la categoría de finalidad meramente secundaria, “es preciso poner a salvo y con gran relieve la dignidad personal de los esposos”.

Agrega: “si bien en algunos casos la pareja logra el objetivo de mantener su unión por toda la vida, en otros no. Algunos cónyuges empiezan a desunirse, a alejarse uno de otro a pesar de compartir el mismo techo”.

Mencionó que otras parejas logran todavía, con madurez y voluntad, salvar su unión; “mientras unos soportan al matrimonio como una ‘cruz’, la cual sólo les produce infelicidad”.

Incluso, “en casos extremos el matrimonio sólo es fuente de frustraciones y malos tratos que suelen llegar hasta la violencia entre los cónyuges o con relación a los hijos e hijas, consecuencia de querer tener algo unido a la fuerza, lo que por fuerza se ha desvinculado”.

Gilberto Carlos plantea que en ocasiones, los cónyuges pueden disolver el vínculo matrimonial, lo cual se lleva a cabo si en la legislación está permitido, a través de la figura del divorcio.

Al respecto, el Artículo 288 del Código Civil dice: “el divorcio disuelve el vínculo del matrimonio y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro”.

En la presente propuesta de reforma -aterriza el legislador del PRD- se derogan las disposiciones relativas al divorcio voluntario establecidas en el Código Civil vigente para Aguascalientes.

La propuesta es modificar los artículos 288 y 289 de la legislación civil local, que tienen que ver con la eliminación de las causales de divorcio “y la creación de una hipótesis única para demandar el divorcio, que es la voluntad de una sola de las partes, así también, el convenio regulador que tendrá que acompañar para legalizar las consecuencias inherentes a la disolución matrimonial”.

Porque -se interrogó el promovente- si para llevar a cabo el acto que permite unirse en matrimonio intervienen las voluntades de las partes, “¿por qué no se establece como causal de divorcio o requisito para solicitarlo, la falta de esa voluntad por parte de uno solo de los cónyuges de seguir con el matrimonio?”

Y más: “si uno de los cónyuges no desea seguir casado, ¿por qué no puede invocar este deseo para solicitar el divorcio? ¿Por qué el divorcio necesario exige una serie de causales que la mayor de las veces es imposible de probar jurídicamente?”.

Consideró que “si se solicita el divorcio necesario por violencia familiar u otra causal requerida y pueden ser probadas, ¿el cónyuge debe soportar y mantener el vínculo matrimonial por encima de su integridad física y mental o la de sus hijos?”

¿Por qué no es posible solicitar el divorcio, simplemente porque ya no se quiere seguir con el matrimonio, sin tener que comprobar malos tratos, adulterio, bigamia o cualquier otro motivo?, postuló el legislador.

Foto: Roberto Guerra. 

 

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