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viernes, diciembre 5, 2025

Buscan obligar al Inagua a evaluar a CAASA debido a las múltiples irregularidades en su servicio

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  • Aunque la razón de la concesión fue el de asegurar la prestación equitativa, regular y eficiente del servicio, la realidad es que no se ofrece como tal
  • La Comisión de Recursos Hidráulicos podría obligar al Inagua a que CAASA presente un informe de sus irregularidades

Como presidente de la Comisión de Recursos Hidráulicos de la LXII Legislatura, Jesús Rangel de Lira presentó ayer ante el Pleno Legislativo un punto de acuerdo por el cual se emite un exhorto al director del Instituto del Agua para que, en ejercicio de sus atribuciones y en coordinación con la Comisión Ciudadana del Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes (Ccpama), presente un informe detallado sobre las múltiples irregularidades tan denunciadas por la ciudadanía, en la prestación del servicio de agua potable y alcantarillado en la capital.

El diputado representante del Partido del Trabajo explicó que de acuerdo con las leyes aplicables y el mismo título de concesión, es una facultad del gobierno municipal la supervisión y evaluación de los servicios que realiza el concesionario, ello a través del órgano técnico descentralizado Ccapama; a su vez, tiene la facultad de vigilar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas por el concesionario y requerir al concesionario los informes que necesarios para efectuar dicha supervisión y evaluación.

Según la Ley del Agua para el estado de Aguascalientes en su artículo 68 se manifiesta que la regulación de los servicios de agua potable, alcantarillado y saneamiento, serán ejercidas por el Instituto del Agua del estado, en el caso de que los organismos operadores municipales o intermunicipales presten directamente los servicios públicos o se encuentren concesionados.

“Uno de los objetivos que se esgrimieron para concesionar el servicio de agua potable y alcantarillado a la iniciativa privada, fue el de asegurar la prestación equitativa, regular y eficiente del servicio de agua potable, alcantarillado y saneamiento en protección de los intereses de los usuarios; situación que de hecho, difiere de la realidad”, siendo esta la razón principal por la cual el legislador manifiesta dicho punto de acuerdo pues a pesar de que el marco jurídico ciñe en primera instancia como competencia exclusiva del municipio, el presente asunto trasciende a las instituciones más allá de la distribución de facultades.

Y es que posterior a la sesión del Pleno, Rangel de Lira recordó la urgencia del tema por ser muy reiterados los reclamos de la población sobre este servicio, principalmente de las colonias del oriente, poniente y zonas rurales de la capital; entre las principales que se manifiestan en el documento entregado a cada uno de los diputados, se encuentran los aumentos de las tarifas de consumo del agua potable, según datos de Ccapama, en 2007 el consumo mínimo de 20 metros cúbicos tenía un costo de 93.68 pesos y el metro cúbico extra, se cobraba a 6.23 pesos. Para este año, por los mismos 20 metros cúbicos el usuario paga 146.49 pesos y cada metro cúbico extra se factura en 9.73 pesos; representando un incremento del 63.9 por ciento en sólo siete años.

El que la concesionaria suspenda el servicio en algunas colonias por varios días, sin que se realicen las notificaciones correspondientes ni se reanude el suministro en los plazos establecidos en el título de concesión, transgrede el artículo 104 de la Ley de Agua Potable al adoptar el criterio de dos meses en lugar de tres para suspender el servicio y además, a pesar de que su consumo sea de cero metros cúbicos por la falta del servicio, en múltiples ocasiones se sigue realizando la facturación, “la concesionaria ha adoptado una actitud beligerante en el cobro de adeudos a los usuarios morosos, mediante requerimientos de pago vía despachos de abogados, asustando a la población que no tiene el conocimiento real de la situación”, siendo esta una violación inclusive a sus propios derechos constitucionales.

Para cobro de escuelas y hospitales públicos, el título de concesión establece que se instalarán medidores a efecto de determinar los consumos realizados pero el rango de excepción del pago que cubra el consumo mínimo requerido por dichas instituciones, será determinado de acuerdo a los parámetros que sean fijados en común acuerdo entre el concedente y el Instituto de Educación del estado y el Instituto de Salud, mientras que los excedentes del consumo del rango exento serán pagados. Pero el diputado hace mención a que en el detalle de dicho título no se explica en qué consisten estos parámetros y el método aplicado así como el desconocimiento de cuál es la institución que lo avala.

En este caso, la concesionaria señaló que sólo estaba obligada a entregar nueve litros por cada alumno con que cuente la institución educativa pública, y a partir de ese consumo se cobrará el líquido que sea entregado en cada una de las instituciones.

“CAASA aplica una estrategia de racionalización y menor dotación de agua para los usuarios”, de acuerdo con la Comisión Nacional del Agua (Conagua), el consumo de agua promedio en la ciudad de Aguascalientes, localizada en una zona con baja disponibilidad, es de 186 litros por habitante al día. Bajo este criterio se determina que una familia de cuatro integrantes gastaría 744 litros diarios, 22 mil 320 al mes, mientras que CAASA sólo otorga como base diez metros cúbicos o diez mil litros mensuales.

En suma, además del exhorto antes detallado, el punto de acuerdo indica que se faculta a la Comisión Legislativa de Recursos Hidráulicos para que realice las actuaciones conducentes a fin de que el Instituto del Agua de Aguascalientes, en coordinación con la Comisión Ciudadana de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Aguascalientes, atienda el exhorto, debiendo informar al Pleno Legislativo sobre los resultados obtenidos.

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