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viernes, diciembre 5, 2025

Diputados intentan vulnerar al Poder Judicial, denuncian cinco magistrados

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Salvo por Juan Rojas García, el Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE) señaló que la iniciativa de reforma al artículo 52 de la Constitución local, promovida por los diputados priistas María de los Ángeles Aguilera, Luis Fernando Muñoz y Juan Manuel Méndez, “resulta innecesaria y vulnera la independencia del Poder Judicial”.

Este 13 de mayo los magistrados Edna Lladó Lárraga, Francisco Perales Durán, Gabriela Espinosa Castorena, María de los Ángeles Viguerías Guzmán y Juan Manuel Ponce Sánchez, pidieron a la dictaminadora Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales considerar su opinión sobre una iniciativa que además de mantener a Fernando González de Luna como líder de los tribunales por un periodo más, ordenaría que estas presidencias se extendieran no por cuatro, sino por ocho años.

En un documento de siete páginas los firmantes manifiestan que toda reforma constitucional debe ser analizada y justificada a profundidad, “máxime cuando pretende alterar la organización y el funcionamiento de uno de los poderes del Estado”.

Añaden que “en dicha iniciativa no se indica las investigaciones previas que justifiquen la citada reforma, ni se evidencia la necesidad de ampliar la duración del periodo para el que fue electo el actual presidente del Supremo Tribunal de Justicia”.

Los magistrados sostienen que no sólo ellos, sino también los litigantes y los colegios de abogados debieron ser sometidos a consulta previa.

Añaden que el artículo 52 de la Constitución, tal como está, establece que la presidencia de los tribunales permanecerá por cuatro años y tendrá derecho a reelección, lo cual satisface la intención de aprobar mandatos de ocho años.

La reforma de los legisladores del Revolucionario Institucional “impediría una evaluación en el desarrollo de su encomienda, por ello es indispensable para la institución que los periodos de duración en la función de la presidencia no sean tan amplios”.

Lladó, Perales, Espinosa, Viguerías y Ponce enfatizan en el que el propio presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación únicamente ejerce por un cuatrienio, “y desde luego es elegido por los ministros que integran el Pleno”.

Los promoventes mencionan que la reforma es necesaria dado la próxima entrada en vigor del Sistema Penal Acusatorio Adversarial. El grupo de magistrados refuta y dice que el mismo sistema no puede sujetarse a las personas en lo particular, sino al éxito de las instituciones.

Reformas “de igual trascendencia” a la que pondrá en marcha los Juicios Orales, tales como la de Amparo, Derechos Humanos y Justicia para Adolescentes, exponen, no implicaron un alargue en las presidencias de tribunales.

Los diputados Aguilera, Muñoz y Méndez incluso manifiestan que el magistrado presidente Fernando Muñoz de Luna ha realizado gestiones para materializar el proyecto Ciudad Justicia. En la crítica se responde que los logros personales de un funcionario no pueden estar por encima de los objetivos de un organismo público.

Los magistrados citan los artículos 40, 115 y 116 de la Carta Magna, los cuales hablan de representatividad, democracia y división de poderes.

Opinaron también que la propuesta de los diputados Aguilera, Muñoz y Méndez “no sustenta las justificaciones sociales y legales necesarias para acceder a una reforma constitucional en la que prevalezca el respeto a la autonomía e independencia del Poder Judicial, y por supuesto el estado de derecho como garante social”.

Pie de foto: La iniciativa de los legisladores Aguilera, Muñoz y Méndez no garantiza la prevalencia del estado de derecho

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