Municipio perdió contra Telemática, dictan resolución definitiva en mayo - LJA Aguascalientes
03/12/2024

 

  • Ayuntamiento capital perdió por todas las vías jurídicas; el juicio de amparo que presentó fue negado por existir incumplimiento de su parte
  • La resolución no condenó al pago de indemnización por los 45 mdp, costo del equipo y la instalación
  • Sergio Delfino Vargas, director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Administración, aseguró que el municipio no tendrá que pagar nada, “ni una de las dos partes se puede reclamar ya esos 45 millones de pesos”
  • Independientemente de la resolución, municipio considera negociar con Telemática para que puedan poner en funcionamiento el equipo

Pese a las declaraciones de funcionarios de la administración de Lorena Martínez que presumían haber ganado el juicio contra Telemática Lefic S.A. de C.V., el Ayuntamiento de Aguascalientes agotó y perdió por todas las vías jurídicas, sin embargo no deberá pagar más a la empresa, aseveró Sergio Delfino Vargas, director de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Administración.

Luego de que el municipio demandó una acción rescisoria debido a que Telemática no cumplió con el funcionamiento del software para seguridad, la cual fue avalada por el Juzgado Sexto de lo Civil, la empresa manifestó que hubo pretensiones de cumplimentar la instalación del sistema operativo en función del artículo 1820 del Código Civil, que establece la facultad de resolver las obligaciones entendida por implícita en las recíprocas, a pesar de ello el Ayuntamiento nunca lo permitió.

“La empresa dice ‘no me diste la oportunidad de instalarlo’, ese incumplimiento por parte de municipio no se tomó el cuenta por el Juzgado Sexto de lo Civil, se van a la apelación y nos vuelve a dar la razón a municipio”.

Ante dicha resolución, Telemática interpuso un recurso de inconformidad por exceso o defecto en el cumplimiento de una sentencia, “les dan entrada, suplen la deficiencia, y por esta razón obligan a la Sala a emitir una sentencia nueva. Cuando emiten la sentencia nueva analizan las pruebas, las dos partes que tenían obligaciones y ahí nos revierten la sentencia, que eso ya fue en este mes”.

Con un afán de poder rescatar, el municipio hizo un juicio de amparo, mismo que fue negado por existir un incumplimiento de su parte, optando por interponer una queja y a la vez un recurso de inconformidad, el cual tuvo resolución definitiva como “infundado” el día 8 de mayo de 2014 y se entregó la notificación al municipio el 16 de mayo del mismo año.

“Es infundado el recurso de inconformidad interpuesto por el Ayuntamiento del municipio de Aguascalientes, en contra del proveído dictado el diecinueve de febrero de dos mil catorce, por el Juez Segundo de Distrito en el Estado, que declaró cumplida la ejecutoria pronunciada en el juicio de amparo 525/2013-III”.

Respecto a las declaraciones del pasado exdirector jurídico Luis Fernando Méndez Beltrán, que aseveró estaba ganado el juicio, Delfino Vargas dijo se tratan de comentarios al aire pues dejaron de dar seguimiento al expediente, reiterando “perdimos todo, todo lo jurídicamente válido se perdió”.

A pesar que durante la anterior administración la resolución parecía ir a favor del Ayuntamiento, se interpusieron recursos inadecuados que incluso generaron bloqueos, lo que se suma a las pruebas de falta de disposición municipal para que la empresa desempeñara su servicio.


“En efecto el municipio no cumplió, hay pruebas documentales públicas con notario que ellos van y no les abren la puerta, no los dejan instalar, no nos dejan actuar, como consecuencia ¿cómo quieres que yo termine el trabajo si no me dejas ni siquiera pasar a tus oficinas?, las causas las desconocemos de por qué no se hizo, pero hay muchos documentos que demuestran que ellos sí querían cumplir y nosotros no lo permitimos”.

A la par del proceso legal, se realizaron convenios entre las partes para darle solución a la problemática, en el cual las dos partes se obligaban a continuar los términos del contrato inicial.

Delfino Vargas insistió que la resolución no condenó al pago de indemnización por los 45 millones de pesos, costo del equipo y la instalación, ni a la pena convencional en caso de incumplimiento con lo que se alcanzarían los 90 millones de pesos.

“Ya no tenemos que pagar nada, lo que sucede con el convenio ni una de las dos partes se puede reclamar ya esos 45 millones de pesos, como el convenio se eleva a categoría de cosa juzgada, y como lo “perdimos” porque no lo ganamos y no ganar es perder, no tenemos que pagar pero sí tenemos un equipo que no sirve”.

Finalmente comentó que existen posibilidades de entablar una nueva negociación, independiente a la resolución, para que a través de una inversión menor Telemática pueda poner en funcionamiento el equipo y con ello también se limpie la imagen de la empresa.

“La empresa es de México, no le conviene tener un antecedente malo sino lo que ellos quieren es cumplir de alguna forma, están viendo la posibilidad de negociar entre el presidente y el secretario que le invirtamos una cantidad mucho menor y se le dé utilidad a los equipos”.


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