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miércoles, febrero 4, 2026

Se le invita a cumplir con sus obligaciones fiscales / Ciudadanía económica

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Hace doce años que Michoacán vive en medio de una guerra. Hace más de diez años que unos ciudadanos, ante la ineficaz acción gubernamental para salvaguardar la seguridad, se vieron en la necesidad de tomar las armas.

La política fiscal es una rama de la política económica que configura el presupuesto del Estado y sus componentes que son el gasto público y los impuestos, -como variables de control- que aseguran y mantienen la estabilidad económica, amortiguando las variaciones de los ciclos económicos y contribuyendo a mantener una economía creciente, de pleno empleo y sin inflación alta.

Consideraciones políticas y sociales de diversa índole justifican el pago de los impuestos, aunque para efectos constitucionales la única razón válida es el sostenimiento del gasto público. La relación entre éste y los impuestos es recíproca: para que exista el gasto público, se requiere que los contribuyentes paguemos impuestos, y esto lo hacemos porque es indispensable para el funcionamiento del Estado.

Cada año, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) elabora el Presupuesto de Egresos y los lineamientos para la Ley de Ingresos del año siguiente. Para ello, se sustenta en un estudio que publica con el nombre de Criterios Generales de Política Económica, donde se establecen las metas de producción, empleo, índice de precios, volumen de exportaciones y varias otras metas relevantes. Al menos desde hace más de 25 años no han atinado a las cifras pronosticadas.

Fallar en 1% anual a una meta de crecimiento económico para 2014, fijada en 4% y logrando sólo el 3%, significará un error de 25%. Si a un médico le falla en 25% atinarle al lugar donde se encuentra un tumor a operar, o a un piloto le falla en la misma proporción su meta de encontrar la pista de aterrizaje, las consecuencias pueden ser mortales. Cuando eso le sucede a la Secretaría de Hacienda, nos informan que es porque hay una crisis en el extranjero. Cuando a un contribuyente se le colapsan los ingresos por haber caído la actividad económica que el gobierno esperaba fuera de cierta cantidad, y no tiene para pagar a un contador que explique eso al Servicio de Administración Tributaria (SAT), ¿no tendría derecho en argüir que a la SHCP “se le hizo bolas el engrudo”?

Los contribuyentes pagamos impuestos sólo en razón de que se destinan a un gasto público que cumpla objetivos constitucionales, y respete los principios de “eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”, según el artículo 134 de la Constitución Federal. El respeto de estos principios es fundamental. Pero los gobernantes no los cumplen cuando prometen “mayor cantidad de escuelas y de centros hospitalarios”, “más y mejores policías”, o que “se abatirán los índices de pobreza”.

“Se le invita a cumplir con sus obligaciones fiscales”, insiste por correo electrónico el SAT a los contribuyentes cada vez que se retrasan en el reporte de sus actividades. La demanda molesta y, por todo lo anterior, ofende.

El Estado tiene el poder para forzar a los contribuyentes a cumplir con el pago de impuestos, incluso a través de herramientas penales. Pero, ¿qué sucede cuando el gasto público es dispendioso y despilfarrador, ¿cuando los casos de corrupción se multiplican en todo el país?, ¿cuando el presupuesto se destina a publicidad oficial y promoción de la imagen personal de gobernantes?

El pasado miércoles, la Suprema Corte de Justicia (SCJ) tuvo la oportunidad de resolver un amparo que promovió un grupo de ciudadanos en contra de la Ley de Ingresos de la Federación para 2013, que perdonó deudas fiscales de varios años a cargo de estados y municipios provenientes del ISR retenido a sus trabajadores. Negando el amparo optó por encubrir a los defraudadores.

Esta iniciativa de ciudadanos se ha identificado en redes sociales como #YoContribuyente, y figuran entre los demandantes figuras como Denisse Dresser y el abogado fiscalista que llevó el caso, Luis Pérez de Acha. Dice Pérez de Acha: “cuando nuestros impuestos son utilizados para fondear la prerrogativa otorgada a los estados y municipios incumplidos, el gasto público pierde su racionalidad constitucional y se desnaturaliza, lo cual en este caso se agravó por el hecho de que el perdón concedido carece de justificación alguna y porque les permitió apropiarse, con la complicidad del Congreso de la Unión, de una parte del sueldo de los trabajadores.” Los funcionarios locales de estados y municipios quedaron eximidos de rendir cuentas de ese dinero.

Se trata de un esquema de impunidad que sólo la SCJ pudo anular, y que contrasta con lo que sucede a los ciudadanos, que en el mejor escenario aparecemos en las “listas negras” del SAT y, en el peor de los casos, se nos acusa de defraudación fiscal.

Al día de hoy, los contribuyentes ignoramos por qué se perdonaron los adeudos fiscales y el alcance de los perjuicios en nuestra contra. Es indudable que el ‘boquete’ ocasionado por ese motivo en la recaudación federal, repercutirá a los demás contribuyentes. Muestra de esto es la reforma fiscal de 2014 con el aumento de impuestos.

No se pretendió que el beneficio concedido a los estados y municipios se extendiera a quienes firmaron la demanda de amparo. No buscaron el perdón de impuestos a su cargo ni algún otro privilegio. La SCJ negó el amparo porque los demandantes no son “parte interesada”, sólo son ciudadanos.

Otra vez, la SCJ y la SHCP tuvieron la oportunidad de defender los derechos de los contribuyentes, ante la opción de proteger la impunidad que destruye los cimientos de múltiples áreas funcionales y estratégicas del Estado. Se les invita -nuevamente- a cumplir con sus obligaciones.

Twitter: @jlgutierrez

ciudadania_economica@gmail.com

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