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viernes, diciembre 19, 2025

IEE tendrá que resolver la denuncia del PAN sobre posibles actos anticipados de campaña de Lorena Martínez

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  • El INE rechazó el procedimiento especial sancionador promovido por el PAN, y la Sala Superior del TEPJF avaló su incompetencia al considerarlo un tema local.
  • En octubre de 2014 el PAN denunció a la ahora titular de la Profeco por posibles actos anticipados de campaña durante la entrega de las becas de la fundación Mamá Cuca
  • La Sala Superior del Tribunal Electoral se basó en una jurisprudencia que establece que los organismos locales son competentes para abordar dicha denuncia

 

Según la última resolución presentada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), será el Instituto Estatal Electoral (IEE) quien tenga que resolver el procedimiento especial sancionador que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en Aguascalientes contra Lorena Martínez Rodríguez, titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), al denunciar posibles actos anticipados de campaña de cara a la elección local de 2016.

Durante el mes de octubre de 2014, el presidente del Comité Directivo Estatal de Acción Nacional presentó el recurso ante el Instituto Nacional Electoral mediante el cual establecía que Martínez Rodríguez había incurrido en actos anticipados de campaña, promoviendo su imagen con la finalidad de mantenerse vigente ante la población de la entidad, como parte de sus aspiraciones a la gubernatura que se disputará en la elección local de 2016, a través de la entrega de 800 becas por conducto de la fundación que se encuentra a su cargo, Mamá Cuca.

A finales de 2014 el INE desechó la denuncia y se declaró incompetente, argumentando que se trata de un tema de carácter local, por lo cual, a pesar de que la ex presidente municipal fuera exhibida en diversas notas periodísticas y programas de radio como participante de la entrega de las becas y siendo funcionaria federal, no se pudo comprobar que se utilizaran recursos a cargo de la dependencia a su cargo.

El PAN impugnó la resolución del Consejo General del INE y presentó un procedimiento de apelación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, quien con base en una jurisdicción derivada del Estado de México, determinó que “corresponde a las autoridades electorales administrativas locales el conocer las quejas o denuncias por violación al Artículo 134 Constitucional”, haciendo referencia a su incumplimiento en materia de utilización de recursos públicos para la promoción personalizada.

Así la instancia jurisdiccional electoral encabezada por el magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos, con la unanimidad de los magistrados, determinó que sea el Instituto Estatal Electoral (IEE) quien se encargue de resolver la queja promovida por el blanquiazul.

 

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