- Ople debe establecer procedimiento para la instalación
- Aún puede impugnar pérdida de registro: INE
El Partido del Trabajo podría ser el primer organismo político en el estado en constituirse como local de resolverse la pérdida de su registro -en el ámbito federal- por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Para establecer los lineamientos con los que podría actuar y participar en los comicios del 2016, el recién instalado Organismo Público Local Electoral deberá convocar a la integración de partidos políticos locales y emitir las bases sobre las que podrán ser asentados, esto según lo señalado en el artículo 44 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (Legipe).
En el Código Electoral del Estado de Aguascalientes sólo se hace mención de los partidos locales en una ocasión, en el artículo 21: “la constitución de partidos políticos locales, así como plazos y requisitos para su registro; derechos y obligaciones de sus militantes; lineamientos para la integración de sus órganos directivos; contenido mínimo de sus documentos básicos y en general, todo aspecto relacionado con su funcionamiento, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos (LGPP) y en lo conducente, por este Código”.
Dicha ley (LGPP) reitera en su artículo 9 que “corresponde a los Organismos Públicos Locales (…) registrar a los partidos políticos locales”. Agrega en el artículo 10 que todo partido político local deberá contar con “militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios de la entidad o de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal; los cuales deberán contar con credencial para votar en dichos municipios o demarcaciones; bajo ninguna circunstancia, el número total de sus militantes en la entidad podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral que haya sido utilizado en la elección local ordinaria inmediata anterior a la presentación de la solicitud de que se trate”.
Según el artículo 17 de la misma ley, el Instituto Nacional Electoral (INE) llevará un registro de los partidos políticos locales que contendrá al menos con la denominación del partido político; emblema y color o colores que lo caractericen; fecha de constitución; documentos básicos; dirigencia; domicilio legal y padrón de afiliados.
Sobre el financiamiento público, el Organismo Público Local, al tratarse de partidos políticos locales, determinará anualmente el monto total por distribuir entre los partidos políticos conforme a lo siguiente: multiplicará el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral federal o local, según sea el caso, a la fecha de corte de julio de cada año, por el sesenta y cinco por ciento del salario mínimo diario vigente para el Distrito Federal, para los partidos políticos nacionales, o el salario mínimo de la región en la cual se encuentre la entidad federativa, para el caso de los partidos políticos locales, señala el artículo 51 de la LGPP.
De participar como partido local en los comicios del 2016, el Partido del Trabajo tendrá permitido formar alianzas, lo anterior respaldado en el artículo 87 de la LGGP: Los partidos políticos nacionales y locales podrán formar coaliciones para las elecciones de gobernador, diputados a las legislaturas locales de mayoría relativa y ayuntamientos, así como de jefe de Gobierno, diputados a la Asamblea Legislativa de mayoría relativa y los titulares de los órganos político-administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.
Sobre su posible pérdida de registro, el consejero presidente de la junta local del INE, Ignacio Ruelas Olvera explicó: “el PT técnicamente ha perdido su registro, así lo dice el dictamen de la Junta General Ejecutiva que será votado por el Consejo General del INE, pero quien dictará la pérdida del registro será la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y todavía no lo ha hecho, porque el PT tiene derecho a defenderse, puede impugnar el acuerdo del Consejo General. El partido pretendió que el tribunal le concediera que ese tres por ciento lo alcanzaría a través de la elección extraordinaria de Aguascalientes, el tribunal ya le dijo que no, porque la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el tres por ciento se alcanza de la elección ordinaria. Tendrán cuatro días posteriores a que el Consejo General vote el acuerdo de la Junta General Ejecutiva para impugnar. En caso de que el PT no vaya a la Sala Superior, la pérdida de su registro será definitiva.
–¿Podría el PT convertirse en un partido local?
–Al PT en trabajos que le han garantizado solvencia política, le conviene ser un partido local en el caso de Aguascalientes, sería histórico porque sería el primer partido local en Aguascalientes y ahí sigue una senda para seguir peleando estar en el escenario electoral. Sería un reto importantísimo que participara como local en los comicios del 2016.
–¿Qué requisitos necesita para ser partido local?
–Necesita esperar a que el Organismo Público Local Electoral que hoy se instala convoque a la integración de partidos políticos locales, que es la primera vez en la historia que podrían existir.
Sobre la elección extraordinaria del Distrito Federal I, que se especula se celebre el próximo 13 de diciembre, Ruelas Olvera apuntó: “el Partido Acción Nacional presentó un proyecto para hacer una agenda electoral, yo creo que fue precipitado que quien juega ponga las reglas, por eso fue turnada a la Secretaría Ejecutiva, para que sea valorada conforme se va a acatar la sentencia. El Consejo General a finales de este mes, estará lanzando la convocatoria y estableciendo los plazos (…) lo que sí es seguro es que en dos meses y medio va a haber elecciones extraordinarias en Aguascalientes posterior a la convocatoria”.