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miércoles, febrero 4, 2026

Aguascalientes registra un aumento en la emisión de órdenes de protección

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Cada uno de los cuatro juzgados familiares dicta tres órdenes semanalmente
  • Estos procedimientos serán la especialidad del quinto juzgado de lo familiar: magistrado

 

Un promedio semanal de doce órdenes de protección son extendidas por los cuatro juzgados familiares del estado a víctimas de violencia intrafamiliar.

La orden de protección es un instrumento legal que los jueces otorgan para evitar, proteger, corregir o rescatar a personas, mayoritariamente mujeres, frente a todo tipo de agresiones en el seno familiar, detalló Juan Rojas García, presidente de la Sala Civil y Familiar del Poder Judicial de Aguascalientes: “por fin existe una medida para resolver esa situación que han padecido las mujeres de hace siglos”.

El magistrado explicó que a través de esta resolución judicial, se dicta una serie de medidas de emergencia o preventivas, al activar mecanismos de asistencia y protección social establecidos en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

“A veces no dejan entrar a la mujer al domicilio a recoger sus pertenencias, cuando después de ser violentada, es expulsada de su propia casa y no puede regresar por sus documentos de identidad, un juez puede autorizar fuerza pública, rompimiento de chapas para que la víctima rescate sus pertenencias (…). También pueden ordenar la salida del agresor del lugar, siguiendo los protocolos respectivos, mientras la mujer cuenta con protección policial durante el procedimiento.”

Añadió que el trámite se llevan a cabo de manera directa ante el juzgado familiar, ya sea de manera verbal o escrita, y este emite su resolución, al dictar una serie de medidas en función a las circunstancias de cada caso.

La naturaleza del asunto exige prontitud en la respuesta. El capítulo sexto de la citada normativa, promulgada en el año 2007, prevé los distintos tipos de acciones, que deben de resolverse con una temporalidad no mayor a 72 horas, y la acción correspondiente deberá expedirse dentro de las ocho horas siguientes a que la autoridad judicial sea enterada de que la agresión. Los derechos de las víctimas contemplan la atención integral y la reparación del daño.

De acuerdo al presidente de la Sala Civil y Familiar, la solicitud de órdenes de protección se encuentra a la alza, en promedio cada juzgado de lo familiar resuelve una docena cada mes: “pero no creo que el fenómeno de la violencia haya aumentado, sigue en los márgenes, lo que ocurre es que cada vez más mujeres saben que cuentan con una herramienta y poco a poco se va divulgando esta circunstancia, entonces se acercan cada vez con mayor medida”

La ley considera sanciones en caso de que el ofensor viole una orden de protección, que pueden ir desde multas económicos hasta prisión, de acuerdo al criterio del juez encargado de resolver la situación, precisó Rojas.

Finalmente, anticipó que el quinto juzgado de lo familiar, ubicado en el Centro de Justicia para Mujeres, se especializará en este tipo de procedimientos.

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