- Sin embargo, tampoco se puede justificar la comisión un delito
- La Fiscalía determinó que no hubo tortura por parte de las mujeres que mataron a un presunto ladrón
El presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado (STJE), Juan Manuel Ponce Sánchez, dijo que la Constitución consagra el derecho de los ciudadanos a actuar en legítima defensa cuando su integridad se encuentra en peligro, tal como aconteció esta semana a tres mujeres que mataron a cacerolazos a un allanador que entró a su domicilio con la intención de robar.
A diferencia de lo expresado por los familiares del presunto delincuente -José Guadalupe Martínez Tejeda- en una entrevista con una radiodifusora local, la Fiscalía General del Estado (FGE) determinó que éste no fue torturado por las mujeres, como ellos aseguraron, sino que las agresiones causantes de su defunción se produjeron en defensa de las afectadas. En un comunicado, la dependencia informó que el agente del Ministerio Público decidió ponerlas en libertad al considerar que los hechos no tuvieron naturaleza delictiva:
“Cualquier persona que se entera del fallecimiento de un ser querido puede considerar como un acto injusto, pero se deben analizar las circunstancias en las que se produce esto y la razón por la que se hizo (…); esta persona, sin ningún derecho, ingresó al domicilio armado, obviamente las otras personas tienen el derecho de repelerlo”, dijo en entrevista colectiva.
En opinión del magistrado, la familia del fallecido ladrón es corresponsable de lo ocurrido: “lo que yo debo señalar es que si no quieres que a tu hijo le pase algo, cuídalo, si no quieres que se exponga, ve dónde anda, con quién y qué anda haciendo. No podemos exigir que si mi hijo hace algo mal, no le hagan daño cuando él mismo está propiciándolo. Nuestra obligación como padres es orientar y ya, que si no supimos guiarlos y orientarlos no podemos exigir una conducta diferente”.
Agregó que si bien la defensa es una garantía de los ciudadanos, debe existir una proporcionalidad y no justificar, bajo este principio, delitos como los cometidos en Tlaquepaque (Jalisco), donde presuntos infractores fueron mutilados por grupos de autodefensa.
El responsable del Poder Judicial local comentó a la prensa que no son frecuentes los casos de legítima defensa, y consideró que si bien el nuevo sistema de justicia acusatorio no es más flexible a estas acciones a comparación con el sistema inquisitivo, sí obliga a las autoridades a ser más transparentes en sus determinaciones: “en este caso, la Fiscalía tenía 48 horas para resolver la situación y de ser el caso, remitirlo al juez, lo que finalmente no ocurrió”. Comentó también que las mujeres pueden solicitar una orden de protección en caso de sentirse en peligro por las amenazas del delincuente.
Ponce Sánchez hizo un llamado a la ciudadanía para que confíe en sus instituciones, en la actuación de los policías, la Fiscalía y Poder Judicial para encontrar una mejor impartición de justicia: “debemos confiar en lo resuelto por la Fiscalía, que ha actuado con prudencia, hizo una investigación profunda y determinó que había una causa de justificación y por eso se tomó la determinación de liberar a estas personas”.




