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viernes, diciembre 5, 2025

Violencia contra las mujeres debe atenderse con tipos penales específicos

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  • Desconocen diputados de Aguascalientes sobre derechos humanos: Álvarez Máynez
  • Imposible combatir la violencia de género prescindiendo de la tipificación del feminicidio

 

Impera un desconocimiento en general en materia de derechos humanos dentro de la LXII Legislatura local, afirmó el diputado federal por Movimiento Ciudadano, Jorge Álvarez Máynez, quien en particular se refirió a la comisión legislativa en la materia, presidida por Jesús Guillermo Gutiérrez Ruiz Esparza, emanado del Partido Acción Nacional (PAN) y quien afirmara que resulta innecesario tipificar el feminicidio dentro del Código Penal del Estado.

“Lo que evidencia el diputado es un total desconocimiento no solamente del problema de violencia de género, sino del problema en su conjunto de derechos humanos, le hace falta una clase de derechos humanos desde lo más básico al diputado y en general a los diputados locales de Aguascalientes”, señaló el legislador federal.

Explicó Álvarez Máynez que en otros estados de la República donde el feminicidio es un tipo penal, se han logrado importantes avances en materia de combate a la violencia de género, “presenté como diputado local la iniciativa para tipificar el feminicidio en Zacatecas, se convirtió el feminicidio en el delito más denunciado en los primeros seis meses desde que fue promulgada esta ley. En todo el país ha sucedido algo similar”.

Explicó Álvarez Máynez por qué resulta prioritario ceder a determinados grupos ciertos privilegios en materia de derechos humanos, que por ende no podría garantizarse su cumplimiento al equipararlos con la generalidad, “el problema estructural que se combate es el de un grupo social que está en una posición de desventaja, ¿por qué hay derecho de los niños y no derechos especiales para adultos? Porque el derecho a lo largo de la historia ya ha creado un sistema normativo que ha protegido a los adultos, los hombres nunca han sido discriminados (…) nunca lo ha sido por ser parte del género masculino, en el caso del género femenino sí ha sido una exclusión histórica para derechos políticos, sociales y en este caso el derecho a la vida”.

Agregó que si bien la violencia contra la mujer procede de diversas vertientes, éstas tienen en común el que toda agresión se deriva de un acto consciente de violentar al género femenino, “cada diez minutos en el mundo una mujer es asesinada por su pareja o expareja; en México también hay una escalada de este delito desatada por muchos fenómenos de delincuencia organizada, de trata de personas, violencia intrafamiliar”.

Jorge Álvarez Máynez rechazó que la violencia de género pueda equipararse con la violencia o los homicidios de manera general, de ahí que resulta imposible combatir tales conductas al mantener en particular al feminicidio como una agravante en lugar de tipificarlo como delito autónomo.

“En México hay una violencia especial perpetrada en contra de las mujeres que debe ser atendida con tipos penales específicos (…) estas conductas no se explican por una violencia normal, es una conducta especial en la que el objeto de la violencia es la mujer por su condición de ser mujer, se busca que se persiga esa violencia, no la podemos agrupar con los demás tipos de violencia que no suceden por una razón de género”.

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