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lunes, febrero 2, 2026

Incumple el Congreso del Estado la Ley de Transparencia

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  • No ha publicado en su sitio web iniciativas, decretos y acuerdos legislativos
  • Ley de Transparencia estipula en su artículo 72: “Una multa equivalente de 20 a 100 veces el salario mínimo diario vigente en el estado”, de no actualizarse la información

 

La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Aguascalientes estipula que el Poder Legislativo local es uno de los sujetos obligados a publicar a través de medios diversos, impresos o electrónicos, la información generada desde el mismo, siempre y cuando ésta no sea considerada como reservada, por lo que con base en el artículo 11 del mencionado ordenamiento legal: “El Congreso del Estado deberá publicar las iniciativas de Ley, dictámenes de iniciativas, diario de los debates, minutas de trabajo de comisiones legislativas, órdenes del día de las sesiones públicas, puntos de acuerdo y resoluciones diversas tomadas por las comisiones legislativas, por el Pleno o la Diputación Permanente en formatos electrónicos disponibles en Internet”.

No obstante, y tras cumplirse los primeros dos meses de la gestión de la actual legislatura, la LXIII, en el sitio web del Legislativo Local www.congresoags.gob.mx no se encuentra a disposición del público ningún documento con información generada por la actual legislatura, pese a que la citada Ley de Transparencia estipula en su artículo 9 que: “Los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público, difundir y actualizar la información cada vez que existan modificaciones a la misma, o a más tardar dentro de los 45 días naturales contados a partir del primer día del mes siguiente a aquél en que se generó la información”, plazo vencido el sábado 14 de enero.

Desde su primera sesión ordinaria, celebrada el jueves 17 de noviembre, fueron presentadas por los legisladores locales diversas iniciativas y puntos de acuerdo, que generaron la aprobación de dictámenes y acuerdos legislativos que a la fecha siguen sin aparecer en la sección de Transparencia del mencionado sitio web, pese a ya haberse cumplido el plazo estipulado de 45 días naturales.

Con respecto a otros aspectos contenidos en el artículo 9 de la ley estatal, a dos meses de entrar en funciones la nueva legislatura no ha actualizado fracciones diversas de dicho artículo: VII.- El directorio de servidores y funcionarios públicos; VIII.- La remuneración mensual por puesto, incluso el sistema de compensación y demás prestaciones, según lo establezcan las disposiciones correspondientes; XI.- La información sobre el presupuesto de egresos asignado (2017), así como los informes sobre su aplicación; XXII.- Los gastos por concepto de viáticos y alimentos que realice cualquier sujeto obligado a cuenta del erario; XVIII.- Los informes y cuentas de la hacienda pública que por disposición legal, generen los sujetos obligados. La información referida anteriormente se encuentra al corriente en el sitio web hasta 2016 y en caso de ser datos a publicarse mensualmente, al término de octubre del año pasado, aún durante la gestión de la pasada legislatura.

En cuanto a las responsabilidades por tales omisiones, la Ley de Transparencia las considera en su artículo 68, mientras que en el artículo 69 se señala que al tratarse de “faltas que afecten, el acceso o limitación de la información pública, la obtención, administración, actualización y manejo de los datos personales, serán sancionadas por el Instituto de conformidad con lo dispuesto por la presente Ley con aplicación de la Ley del Procedimiento Administrativo”.

Al tratarse de una falta leve en lo particular, lo referente a no actualizar la información que refiere el artículo 9 de la Ley de Transparencia, la misma estipula en su artículo 72: “Una multa equivalente de 20 a 100 veces el salario mínimo diario vigente en el estado”.

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