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viernes, diciembre 5, 2025

Tipificar violencia en el noviazgo derivaría en incertidumbre jurídica

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • La iniciativa presentada por la diputada Cristina Urrutia presenta inconsistencias, señala el ombudsman local
  • Durante el noviazgo no hay ninguna responsabilidad jurídica que obligue a las personas a continuar juntas

 

La iniciativa para tipificar la violencia en el noviazgo como delito, actualmente discutida en las comisiones del Congreso del Estado, presenta inconsistencias que podrían derivar en incertidumbre jurídica, advirtió el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos en Aguascalientes (Cedha), Jesús Eduardo Martín Jáuregui.

La propuesta de la diputada local por el Partido Acción Nacional (PAN), María Cristina Urrutia de la Vega, pretende reformar el Código Penal del Estado de Aguascalientes para imponer de uno y cuatro años de prisión y multas de hasta cien salarios mínimos a quien cometa cualquier tipo de agresión en el noviazgo.

El ombudsman local señaló que la definición jurídica de noviazgo contenida en la iniciativa de ley es ambigua, ya que únicamente se describe como “una relación de afecto entre dos personas aunque no vivan juntos”, sin considerar que las relaciones de afecto se pueden compartir entre todo tipo de personas no necesariamente ligadas sexualmente; además, en la sociedad actual hay muchas figuras para denominar a parejas sentimentales, desde concubinos hasta amigos con derecho, lo que tampoco está presente en la redacción.

Si bien la propuesta legislativa busca la protección de los derechos humanos de las víctimas -generalmente mujeres-, Martín Jáuregui hizo notar que durante el noviazgo no existe ninguna responsabilidad o nexo jurídico que obligue a las personas a continuar juntas, como sucede en el matrimonio: “De manera que si te maltrata, puedes despedirte”; en cambio cuando las personas están casadas hay un vínculo jurídico y por esa misma situación, aunada a la existencia de familia e hijos, el cónyuge agredido tiende a soportar vejaciones y maltratos que vuelven necesaria la protección legal.

En conclusión, los agresores pueden ser castigados por golpes o lesiones, pero la violencia en el noviazgo no se puede equiparar a la violencia en el matrimonio pues todo lo anterior se presta a incertidumbre jurídica, que inhibiría cualquier intento de protección a la parte afectada: “Hay un principio romano que dice que nadie puede ser escuchado alegando su propia torpeza, la propia torpeza no es argumento para ser escuchado jurídicamente, si le golpea que deje esa relación y busque otra pareja”.

El argumento de la legisladora autora de dicha iniciativa es que la violencia entre novios ha ido en incremento en los últimos años principalmente en perjuicio de la mujer y estimó que siete de cada diez jóvenes sufren algún tipo de maltrato al interior de este tipo de relaciones.

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