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jueves, febrero 5, 2026

Segob reserva por 3 años sanción al obispo de Aguascalientes

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • Después de cuatro meses, sigue en trámite el juicio contra el clérigo acusado de incidir en la elección a gobernador
  • Transparentar el expediente judicial pone en riesgo la imparcialidad de las decisiones

 

 

El juicio contra el obispo de la diócesis de Aguascalientes, José María de la Torre Martín, por haber intervenido en la pasada elección de gobernador no se ha resuelto, a cuatro meses de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenara a la Secretaría de Gobernación (Segob) proceder al respecto.     

En respuesta a la solicitud de acceso a la información pública 0000400014917, la Dirección de Asociaciones Religiosas de la Segob informó a La Jornada Aguascalientes que el procedimiento administrativo contra el clérigo, contenido en el expediente DN/SN/DI-14/2016, aún sigue en trámite.

Sin embargo, la dependencia federal clasificó como “reservada” la información sobre el estado que guarda dicho proceso sancionador, argumentando que transparentarla pone en riesgo la imparcialidad de las decisiones y el equilibrio de los derechos de las partes: “La probabilidad del daño es alta, pues existe el riesgo de que la divulgación de la información del procedimiento administrativo que se encuentra en trámite (…) interfiera en el fallo correspondiente debido a la injerencia de un tercero, pues podría generar prejuzgamiento público permanente de la controversia, lo que podría alterar la imparcialidad de las decisiones”, con base en los supuestos contemplados en los artículos 104 y 113 de la Ley General de Transparencia.

El documento señala que, con el propósito de no alterar la sana deliberación del cuerpo colegiado que integra la Comisión Sancionadora de la Segob, se considera necesario mantener como temporalmente reservada la información del expediente judicial por un periodo de tres años.

Cabe recordar que en octubre de 2016, tras validar la elección de gobernador que fue impugnada por la coalición Aguascalientes grande y para todos, encabezada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), los magistrados electorales coincidieron en que algunos ministros de culto religioso tuvieron una participación indebida en dicho proceso electoral al haber llamado a los creyentes a votar por candidatos que respetaran los principios de la Iglesia católica, por medio de una carta pastoral fechada el 8 de mayo de ese año.

La entonces candidata, Lorena Martínez Rodríguez, impugnó dicha elección argumentando que fue influida por líderes religiosos, sin embargo el TEPJF resolvió que aunque se haya acreditado el actuar indebido, este no fue determinante en los resultados. Además de Segob, se dio vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade), según consta en el expediente SUP-JCR-327/2016 y acumulado.

 

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