Confirma Sala Superior a dos aspirantes a partidos políticos locales - LJA Aguascalientes
24/04/2025

 

  • La organización que los impugnó no tiene interés jurídico para solicitar que se revocaran sus solicitudes
  • Los recursos fueron desechados por los magistrados

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó ayer dos recursos presentados por la asociación civil Unidos Podemos por Aguascalientes para frenar las solicitudes para convertirse en nuevos partidos políticos locales de Marca Joven Atrévete a Dejar Huella y Esperanza Aguascalientes.

Los magistrados resolvieron que la organización representada por Mauricio Romo Rábago -que también aspira a constituir un partido local- carece de interés jurídico para impugnar el aval que dio el Instituto Estatal Electoral (IEE) de Aguascalientes a estas asociaciones.

Lo plasmado en los expedientes SUP-REC-1254/2017 y SUP-REC-1255/2017 confirmó lo dicho por la Sala Regional Monterrey a principios de julio, poniendo fin a la cadena de impugnación.

En su última sesión, la Sala Superior desechó ambos recursos de reconsideración contra los juicios ciudadanos SM-JDC-342/2017 y SM-JDC-343/2017 -respectivamente- al ser improcedentes los agravios planteados por Unidos Podemos por Aguascalientes, toda vez que la aprobación de los dos organismos no provocó afectación alguna a sus derechos político-electorales.  

La iniciativa de Unidos Podemos por Aguascalientes, la Sala Administrativa y Electoral rechazó las manifestaciones de intención para convertirse en partidos locales de las asociaciones Aguascalientes Democrático y Ciudadano y Asociación Humanista Aguascalentense que cambió de denominación a Partido Hidrocálido Aguascalentense, tras confirmar irregularidades en sus respectivos trámites.

En contraste, el órgano jurisdiccional del Poder Judicial del Estado había confirmado las solicitudes de las asociaciones Marca Joven Atrévete a Dejar Huella y Esperanza de Aguascalientes, igualmente para convertirse en nuevos partidos.

Con este fallo, las asociaciones de Raymundo Tamayo González y Mauricio Navarro Ramírez podrán continuar con el proceso de constitución de partidos políticos locales, tendrán que celebrar asambleas distritales o municipales -es opcional-, llevar a cabo una asamblea local constitutiva y acreditar un número mínimo de afiliados del 0.26% del padrón electoral del estado que se usó la elección ordinaria del 2016, que equivale a cerca de dos mil 300 ciudadanos, garantizando que éstos no militen en otro partido u asociación aspirante y residan en la demarcación señalada. La presentación de solicitud de registro será en enero del próximo año.


Los partidos políticos locales no tendrán participación en las elecciones de 2018, pues los tiempos que conlleva la duración del registro previsto en el Código Estatal Electoral les impide contender en los procesos federal y local 2017-2018, que arrancarán en septiembre y octubre del año en curso.


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Hilda Hermosillo

Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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