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lunes, diciembre 22, 2025

La corrupción: Kate y el presidente¹ / Cinefilia con derecho

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Las últimas semanas hay dos hechos que me parecen ejemplificativos de la problemática del combate a la corrupción en nuestro país, en especial por la forma en que se vislumbra a este lacerante fenómeno: de un lado el presidente de la República afirmando que la ciudadanía le achaca todos los problemas a la corrupción, lo que va de la mano con sus declaraciones del 2014 donde señalaba que la corrupción era algo cultural. En otro extremo, en Netflix se estrenó el pésimo y tendencioso documental El día que conocí al Chapo de la victimizada Kate del Castillo, donde vemos cómo la actriz que se quedó atrapada en su papel de La reina del sur, hace una clara apología del narcotráfico y del Chapo Guzmán, quien es responsable de la muerte de miles, pero que es santificado como ese Robin Hood mexicano.

La posición de Kate es contundente y lamentable: la corrupción del “gobierno” se opone a la bonhomía del “narco”, así, sin más matices, una invitación a continuar con el crimen. ¿Por qué no entrevistaron a una sola de las viudas o de los huérfanos de las tantas miles de víctimas que ha dejado el Chapo? ¿Por qué no señalar cómo el narcotráfico es una cadena fundamental de la corrupción gubernamental? Porque era más fácil encontrar a los intelectuales chairos que no dudan en utilizar cualquier argumento para hablar mal del “gobierno”.

Las dos posiciones, Kate y el presidente, nos deben causar pánico, porque muestran dos caras reales del fenómeno de la corrupción, se trata de una justificación de lo incorrecto y lo ilegal, una postura infranqueable que impone muros complejos a la lucha institucional contra la corrupción. En especial porque polariza, unos contra el gobierno, otros contra los ciudadanos, sin tomar en cuenta que se trata, como dice señala Rodolfo Vázquez en la obra colectiva Lo que todos sabemos sobre la corrupción y algo más, de un fenómeno múltiple: “La corrupción no es… un fenómeno solamente político, ni tampoco requiere para existir que alguien ocupe una posición oficial de autoridad”.

La respuesta constitucional se materializó en 2015, en la reforma participaron tanto académicos, asociaciones civiles y cámaras empresariales, se orquestaron una serie de herramientas donde participan principalmente los siguientes sujetos: un comité coordinador, un comité de participación ciudadana, el fiscal anticorrupción, una secretaría ejecutiva del sistema, el órgano externo de control, órganos de control interno y un tribunal administrativo que sancione. Además, se deberá articular, mutatis mutandi, esta misma estructura en los estados.

De una forma bastante simple, por el formato de este artículo, resumiremos el primer eslabón del sistema: los comités coordinador y de participación ciudadana, en conjunto con la secretaria ejecutiva, implementarán políticas públicas dirigidas a ordenar, homogeneizar y prevenir, de sus análisis podrá emitir recomendaciones, el problema es que no serán vinculantes, y he aquí un primer tropiezo. Principalmente implementarán seis grandes sistemas informáticos que pretenden unificar en un solo lugar toda la información: declaraciones 3de3; servidores públicos sancionados; funcionarios que participen en contrataciones públicas; las contrataciones públicas; para denuncias de la ciudadanía; y, de información entre todos los sujetos del sistema.

El segundo eslabón tiene que ver con quienes investigarán los hechos anticorrupción y la forma en que vendrán las sanciones. Ante la pluralidad de entes revisores, se crea un sistema nacional y uno estatal de fiscalización que coordine las tareas de todos ellos. Ahora bien, si los órganos externos de control, durante sus tareas de revisión, descubren faltas, darán vista directamente al fiscal anticorrupción en tratándose de delitos, si detecta posibles faltas administrativas, en caso de ser graves las turna a la sala administrativa para su sanción, si no lo son, las envía a las contralorías para que sean estas quienes impongan el castigo. En el caso de los órganos internos de control, es igual el mecanismo, los delitos se denuncian al fiscal y las faltas administrativas graves las turna a la sala, reservándose para sí la sanción de las no graves.

Como vemos, la reforma parte de una especialización de los organismos de control, esto transita necesariamente por ampliación y profesionalización de la burocracia y adecuación de la normatividad, pero los gobiernos (independientes y de partido) no han tenido interés en ello, la posición del presidente sobre el tema de la corrupción es un reflejo. Aguascalientes también es un buen ejemplo, aunque el procedimiento señalado para la sanción en el párrafo anterior, debió entrar en vigor a partir de julio pasado, a la fecha ni un solo órgano fiscalizador ha adecuado su normatividad interna para homologarla a las nuevas disposiciones.

La cara de Kate es un reflejo de la desconfianza de una gran parte de la ciudadanía, su apatía puede dar al traste con las intenciones del sistema anticorrupción, el ejemplo decisivo es de nueva cuenta en Aguascalientes, para conformar el comité ciudadano de selección integrado con nueve personas, solo se inscribieron… diez. Dos posiciones encontradas, la del gobierno y la de algunos ciudadanos, pueden terminar por anular el intento anticorrupción constitucional.

 

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