Aprueba municipio de Aguascalientes sanciones al acoso callejero - LJA Aguascalientes
09/12/2024

 

  • La denuncia procederá y se sancionará como cualquier otra falta administrativa ante Justicia Municipal
  • El IMMA debe evitar revictimización en las UAVI y dar continuidad a las sanciones de acoso callejero con cursos de concientización

 

Por unanimidad fue aprobado en el cabildo capitalino la iniciativa presentada por el regidor Miguel Romo Reynoso, para las reformas y adiciones a los artículos 342, 324 y 367 del Código Municipal de Aguascalientes, así como el artículo 39 del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer, para que se sancione el acoso callejero como una falta administrativa.

El funcionario municipal apuntó que ante la legislación que en materia se dio en el Congreso del Estado en julio, era importante que el Ayuntamiento atendiera el asunto, asunto que recalcó compete al IMMA, pero que al no poner en marcha una estrategia para ello, fue retomado por el Cabildo.

Dijo que se debía considerar una sanción adecuada por lo cual tuvo la iniciativa de presentar esta armonización con la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que llevó su tiempo en la comisión de Gobernación y aunque se pospuso en una sesión, nunca fue rechazada por los integrantes del Cabildo, por deberse a un tema cultural que abona a garantizar a niñas, mujeres y a toda persona por cuestión de género, que pueda transitar con seguridad y con toda libertad en los espacios públicos de la ciudad.

Ya que han sido aprobadas las reformas, deberá publicarse en el Periódico Oficial el dictamen para que entre en vigor; no obstante, Romo Reynoso recalcó que es fundamental que la autoridad estructure la forma de operar, que consistirá en la denuncia que puede hacer cualquier ciudadano que haya sido víctima de acoso en vía pública, ante las cualquiera de las instancias, ya sea por escrito o en presencia de la autoridad competente.

Precisó que la denuncia tendrá un procedimiento similar a cualquier otra falta, en que el presunto responsable será presentado ante el juez calificador, quien determinará si hubo o no el acto; enfatizó que más allá de la sanción económica o corporal, que como le dimos a conocer en La Jornada Aguascalientes el 6 de julio de 2017, “el infractor cumplirá un arresto de hasta por treinta y seis horas, el pago de una multa económica y acreditar su asistencia a cursos de concientización sobre este tipo de conductas que deberán impartir las instancias municipales”, este último punto es el de mayor relevancia, al ser un tema ideológico, cultural, por lo que sólo con este cambio en la programación del colectivo social, se podrá erradicar.

El también integrante de la Comisión de Equidad de Género en el Ayuntamiento dijo que si la persona infractora no acredita el curso, el juez puede ordenar su aprehensión, volverla a presentar y tomar otra medida; con la reforma al artículo 39 del reglamento del IMMA, se le responsabiliza de la estructuración de los cursos, ya sea impartidos por personal propio o a través de asociaciones e instituciones especializados en el tema, con base en convenios para que ofrezcan este tipo de orientación.

Enfatizó que para aplicar este tipo de sanciones es necesario que la persona que se sienta agredida física o verbalmente denuncie, de contar con testigos o en el caso de que el propio elemento de seguridad esté en el momento, se presentará al presunto responsable ante el juez; de ser una queja posterior, deberán acotar el procedimiento con testigos o el careo para que la autoridad municipal pueda determinar si se dio el acto o no.


Romo Reynoso recalcó la tarea que tiene el IMMA para que con base en los cursos y programas con que cuentan, de los cuales se ha hecho un llamado para su impulso y mejoramiento, se ejecuten para prevenir este tipo de acoso, además de atender a las carencias de las Unidades de Atención a Víctimas de la Violencia para que las mujeres no sean revictimizadas.


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Adriana García Campos

Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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