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sábado, diciembre 20, 2025

Fue PRI incapaz de probar la intromisión del clero en la elección de gobernador

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • La Segob absolvió al obispo de Aguascalientes y a seis sacerdotes acusados de haber influido en la contienda de 2016
  • El artículo 130 de la Constitución prohíbe claramente a los clérigos realizar proselitismo: presidente del INE

 

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) y sus coaligados fueron incapaces de probar la intromisión de la Iglesia católica en la elección de gobernador, uno de los argumentos de los que se valieron para impugnar el triunfo del panista Martín Orozco Sandoval.

Lo anterior, luego de que este 29 de enero la Diócesis de Aguascalientes anunciara que el obispo José María de la Torre Martín y seis sacerdotes acusados de haber influido en el resultado de la contienda de 2016, fueron absueltos por la Secretaría de Gobernación (Segob).

“¿Quién los denunció y con qué instrumento jurídico lo hizo, que fue incapaz de probar lo que denunció? Si hay alguien que se inconforma y dice que hubo un clero que se metió a dirigir, o a no respetar el voto ciudadano, en qué mérito lo demostró para que la autoridad administrativa decidiera que no hubo tal afirmación”, refirió el presidente del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Aguascalientes, Ignacio Ruelas Olvera.

En octubre de 2016, la Sala Suprior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación validó los comicios impugnados por la coalición PRI, PVEM, PT y Panal, sin embargo consideró que algunos ministros de culto tuvieron una participación indebida tras hacer un llamado a los creyentes a votar por los candidatos que respetaran los principios de la Iglesia católica, por medio de una carta pastoral fechada el 8 de mayo de ese año.

Los magistrados dieron vista a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (Fepade) y a la Segob, que abrió el expediente DN/SN/DI-14/2016. Casi un año y medio después, la resolución fue entregada por la Subsecretaría de Asuntos Religiosos de la Segob directamente a la Conferencia del Episcopado Mexicano, con un resultado favorable para el Obispado: “Aquí habría que calificar con qué argumentos se presentó esa queja. No podemos cargar los ciudadanos o los medios de comunicación con ese pecado si hay malos abogados, pues no demostraron lo que denunciaron”.

“En términos eclesiásticos les dieron la absolución”, ironizó Ruelas Olvera, quien recordó que el artículo 130 de la Constitución prohíbe claramente a los clérigos realizar proselitismo de cualquier tipo a favor de partidos políticos o candidatos, o promover la abstención del voto. Por ende, consideró que están de más los lineamientos emitidos por la Fepade para la prevención de sanciones administrativas o penales para ministros de culto en materia electoral.

“Yo creo que es una normalidad democrática, pero yo sigo insistiendo en lo que dice nuestra ley, las iglesias están proscritas a hacer política en nuestro país, pueden votar, pero no pueden ser votados y está prohibido hacer política desde el púlpito (…). Yo creo que (no son necesarios) porque la norma, cuando se respeta la Constitución y las leyes que de ella emanen es muy claro que no pueden participar”, reafirmó el también vocal ejecutivo del INE.

Sin embargo, dejó en claro que los sacerdotes sí tienen derecho a votar e incluso, en pasados días, el jerarca católico se presentó en un módulo del INE -como cualquier ciudadano- a renovar su credencial para votar.

También fueron perdonados por Segob los sacerdotes Juan Carlos Reyes, José González Muñoz, Casimiro Serna, José de Jesús María González, Jesús Estrada Avelar y Porfirio Galindo.

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