- Será complicado a la Semarnat emitir un dictamen a la ligera de cambio de uso de suelo en Cobos
- La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente sí considera la participación de la ciudadanía
Si bien la Ley Federal de Desarrollo Forestal Sustentable no permite o considera la participación de la ciudadanía en el tema del cambio de uso de suelo, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa) sí lo integra cuando se trata de la evaluación del impacto ambiental; de tal manera que con esta posibilidad de participación de la ciudadanía le será muy difícil para la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ( Semarnat) emitir una autorización a la ligera.
La abogada ambientalista Rebeca Castillo Delgadillo, colaboradora de la organización civil Conciencia Ecológica, señaló que a pesar de que aún no se conoce cuál será la determinación para el cambio de uso de suelo para el bosque de Los Cobos por parte de la Semarnat, aún falta la evaluación del impacto ambiental.
Consideró que con la amplia participación que ya se manifestó de la ciudadanía de Aguascalientes, con bases firmes y claras respecto a las consecuencias que traería el desarrollo habitacional en Cobos, no deja una situación fácil para la Secretaría, pues está obligada a dar respuesta a cada uno de los puntos que planteó la ciudadanía en la consulta pública, aunque se señale que no es vinculatoria.
“No es que quiera, es que la ley lo exige (…) eso da muchas esperanzas, la autoridad deberá decir, en un momento dado, por qué esas opiniones no tienen consecuencia en lo que se está tratando de prevenir o evitar”, externó Rebeca Castillo.
Detalló que existen varios instrumentos con las cuales es factible proteger áreas forestales como el bosque de Los Cobos o la mezquitera La Pona, como el Programa de Desarrollo Urbano de la Ciudad de Aguascalientes, el programa de Ordenamiento Ecológico del Municipio de Aguascalientes, la Ley Federal de Desarrollo Forestal Sustentable, que regula el aprovechamiento de los terrenos forestales, así como la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa), que regula la forma en la que se deben expedir las autorizaciones.
“Desafortunadamente podríamos decir que de manera directa sí hay mucho criterio por parte de la autoridad que lo otorga -señaló al referirse a la Semarnat – a pesar de que la Ley Federal de Desarrollo Forestal Sustentable sí es un tanto amplia en determinar algunos criterios para determinar el cambio de uso de suelo”, explicó la abogada especialista en temas medioambientales.
Como ejemplo de ello, explicó que la mencionada ley señala que el cambio de uso de suelo se otorga por excepción, a la vez que establece una serie de criterios por los cuales no se debe otorgar, sin embargo, y a pesar de todo ello la autoridad encargada los otorga; aunque reiteró que por el momento y en el caso de Bosque de Cobos, luego de la consulta pública, no le será fácil dictaminar a favor.




