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viernes, diciembre 5, 2025

Pide PAN Aguascalientes investigar a Citlalli Rodríguez por actos anticipados de campaña

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • La diputada priista que planea reelegirse en el octavo distrito local repartió paletas de corazón el 14 de febrero
  • El Tribunal Electoral del Estado ordenó al IEE certificar las pruebas presentadas por el representante partidista del PAN ante el Consejo Distrital VIII

 

El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) ordenó al Instituto Estatal Electoral (IEE) dar trámite a una petición de Oficialía contra la diputada priista Edith Citlalli Rodríguez González por presuntos actos anticipados de campaña.

La solicitud de fe pública fue presentada por Javier Soto Reyes, representante del Partido Acción Nacional (PAN) en el Consejo Distrital VIII, en contra de la legisladora por haber enviado a dos personas a repartir paletas con forma de corazón en las afueras de iglesias de dicha demarcación con motivo del 14 de febrero -en el periodo de intercampañas- lo que a juicio del panista representa un acto anticipado de proselitismo, por lo que solicitó se certificara la existencia del material de propaganda.

Citlalli Rodríguez es representante popular del Distrito VIII, en el que también planea reelegirse y, de acuerdo con el relato de hechos, el reparto de dulces se hizo pidiendo el voto y apoyo rumbo a las elecciones del 1 de julio.

Sin embargo, el 8 de marzo el secretario Ejecutivo del IEE, dictó un acuerdo de improcedencia en relación con dicha solicitud a la que fue asignada el número IEE/OE/004/2018, por falta de elementos y con el argumento de la Oficialía Electoral no tiene entre sus funciones la certificación de un elemento por sí mismo, además de que tal certificación no redundaría en beneficio alguno para el peticionario.

En sesión pública, los magistrados determinaron que el secretario Ejecutivo sí tenía competencia para conocer de la petición formulada por el panista, toda vez que el material presentados sí son susceptibles de certificarse: dos paletas, una roja y una blanca, contenida en una bolsa transparente con una etiqueta blanca con letras negras y de las que se lee: “Diputada Citlalli Rodríguez”; nueve bolsas transparentes y un disco compacto con elementos fotográficos.

En respuesta al recurso de apelación TEEA-RAP-003/2018, el TEEA dio un plazo de 24 horas al secretario Ejecutivo del IEE para que emita un nuevo acuerdo en el que declare procedente la solicitud de Oficialía Electoral formulada por el panista y lleve a cabo la certificación solicitada, informándolo al órgano jurisdiccional. De no dar cumplimiento a la sentencia en los términos establecidos, se impondrá una medida de apremio.

El consejero presidente del IEE, Luis Fernando Landeros Ortiz, informó que una vez que se estudie el expediente puede haber dos caminos para dar puntual cumplimiento, solicitar más elementos al inconforme a través de una nueva prevención, o bien, motivar con mayores elementos el desechamiento.

“De inicio nosotros conforme a nuestro reglamento de Oficialía Electoral y el reglamento que lo acompaña hicimos una prevención para que nos hiciera puntualmente la clarificación de en qué consistía la vulneración a los principios rectores, porque fueron hechos que sucedieron con 30 días de anticipación y prácticamente no nos constaba que hayan sido en ese contexto y por parte de la diputada. Al no cumplir con esa prevención a satisfacción de esta autoridad y lo que determinamos fue establecer su improcedencia, sustentada en no evidenciar con esas dos paletas que nos anexaron la violación al principio de equidad de la contienda”, explicó Landeros Ortiz.

 

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