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miércoles, febrero 4, 2026

Denuncian ante la Sala Monterrey a priista de Aguascalientes por violencia política de género

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • La panista Mónica Becerra Moreno denunció a su contrincante priista en la pasada contienda por la diputación local del Distrito IX
  • El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes previamente desechó la acusación

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) y su excandidato a diputado local por el Distrito IX, Roberto Tavárez Medina, fueron denunciados ante la Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación por presunta violencia política de género en contra de una panista, así como por calumnias.

Fue Mónica Becerra Moreno, quien resultara electa por la misma demarcación, la que llevó la acusación ante el órgano de justicia federal, luego de que el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes desechara la acusación. La denuncia fue radicada con el expediente SM-JDC-620/2018.

El PAN y la ex directora de Atención Ciudadana del Ayuntamiento capitalino, señalaron que el 31 de mayo, la dirigencia tricolor y Tavárez Medina llevaron a cabo una rueda de prensa en la que el denunciado supuestamente hizo expresiones con base en estereotipos de género que dañan su imagen como candidata, la calificaron como “candidata de la actual administración municipal” menoscabando los méritos alcanzados por su esfuerzo y le atribuyeron la utilización de recursos públicos para su posicionamiento.

En opinión de la panista, estas manifestaciones constituyen violencia política de género y calumnias en su contra.

La denuncia fue formalizada por Mónica Becerra el 2 junio ante el Instituto Estatal Electoral (IEE), que tras las audiencias de desahogo de pruebas y alegatos, determinó como improcedentes las medidas cautelares solicitadas por la panista dado que el “derecho de libertad de expresión no está sujeto a censura previa”.

En su defensa, Roberto Tavárez aseguró que sus expresiones fueron hechas bajo el amparo de la libertad de expresión, prevista en los artículos primero y sexto Constitucionales, y que nada tiene que ver con cuestiones de género.

Luego de la integración del expediente, el caso fue turnado al órgano jurisdiccional local el 8 junio que abrió el expediente TEEA-PES-008-2018, al cual dio resolución durante la sesión celebrada el 18 de ese mismo mes.

Luego del correspondiente análisis, los magistrados del Tribunal Electoral Local resolvieron que no se acreditó como violencia política de género el hecho de que el priista se haya referido a Becerra Moreno como la candidata de la administración municipal al noveno Distrito o que el resto de las opiniones vertidas en la rueda de prensa constituyan en modo alguno un estereotipo de género, puesto que no se refieren a ella por el simple hecho de ser mujer, ni a consecuencia de ello se genera un impacto diferenciado, que afecte desproporcionalmente a las mujeres.

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