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viernes, diciembre 5, 2025

Un acto de corrupción, el nombramiento de Aquiles Romero en el Sistema Anticorrupción de Aguascalientes

Adriana García Campos
Adriana García Campos
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • El Comité Coordinador violó el artículo 45 de la Ley de Responsabilidades Administrativas y sus miembros podrían ser acreedores a una sanción administrativa
  • Se viola el artículo 34 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción, Romero forma parte del Consejo de la Judicatura

 

El Sistema Estatal Anticorrupción carece de legitimidad, la reciente designación de Aquiles Romero González en la figura de secretario técnico podría incluso contravenir a la intención del organismo, al caer en el absurdo de cometerse un acto de corrupción que amerita una sanción administrativa por falta grave a los involucrados, en este caso, los siete miembros del Comité Coordinador del SEA que fueron los responsables de la votación de este perfil, que es la piedra angular del sistema anticorrupción.

Con el nombramiento de Aquiles Romero González se viola el artículo 45 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes que a la letra dice: Será responsable de contratación indebida el servidor público que autorice cualquier tipo de contratación, así como la selección, nombramiento o designación, de quien se encuentre impedido por disposición legal o inhabilitado por resolución de autoridad competente para ocupar un empleo, cargo, comisión o función, en el servicio público o inhabilitado para realizar contrataciones con los entes públicos, siempre que en el caso de las inhabilitaciones, al momento de la autorización, éstas se encuentren inscritas en el sistema estatal o nacional de servidores públicos y particulares sancionados.

Como dimos a conocer en La Purísima Grilla del 31 de julio de 2018, se incurrió en un conflicto de interés, al votar por este nombramiento Gabriela Espinosa González, en su calidad de representante del Consejo de la Judicatura del Estado, del que también forma parte Aquiles Romero González, aún secretario general del Congreso del Estado.

En este acto de corrupción incurrirían también María Teresa Belmont Acero, quien encabeza el Comité Coordinador del SEA, en su calidad de presidente temporal del CPC, así como Sergio Escalante Jiménez, titular del Órgano Superior de Fiscalización del Estado; el titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, Jorge Humberto Mora Muñoz; titular de la Contraloría del Estado, David Quezada Mora; presidente de la Sala Administrativa del Poder Judicial del Estado, Rigoberto Alfonso Delgado; representante del Instituto de Transparencia del Estado, Marcos Javier Tachiquín Rubalcava, ya que como servidor público, Romero González está impedido para asumir el cargo de secretario técnico.

Incluso se viola el artículo 34 de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes, que hace referencia a los requisitos para ser designado secretario técnico; en la fracción X apunta: No haberse desempeñado durante el año previo a la designación como titular de secretaría o dependencia del gabinete legal o ampliado tanto del gobierno de la Federación o como de las entidades federativas, ni subsecretario u oficial mayor en la administración pública de cualquier nivel de gobierno. No ser Gobernador, ni Fiscal General del Estado. No ser Presidente Municipal, Síndico o Regidor o titular de dependencia de los ayuntamientos. No ser integrante de algún Consejo o Comité público, cuyo cargo no sea honorífico. Siendo que Aquiles Romero sigue cobrando hasta esta fecha como secretario general en el Congreso del Estado.

Ricardo Alvarado, experto en el Sistema Nacional Anticorrupción y miembro de la asociación Mexicanos contra la Corrupción y la impunidad, en entrevista telefónica en un programa de radio, señaló que los requisitos son muy claros en el objetivo de garantizar la independencia política de quien asuma el cargo; si bien en Aguascalientes la ley es tal cual una copia de la ley general, se han buscado los recovecos en la misma para justificar los nombramientos de personas afines a los partidos políticos, en los diferentes órganos que articulan el Sistema Estatal Anticorrupción: “Yo creo que el señor (Aquiles Romero) no cumple con las características, en virtud de que forma parte del Consejo de la Judicatura del Estado de Aguascalientes, y ese es un requisito que tiene que cumplir; no puedes formar parte de un consejo y ser secretario técnico”.

Recalcó que aunado a ello no está probada su independencia política, ya que actualmente ocupa un cargo importante dentro de un Poder en el estado, “eso es muy escandaloso”.

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