- Además de inconstitucional es antiético: Red Mexicana de Mujeres Trans
- Mejor buscar estrategias legales para denunciar a funcionarios por su incapacidad
Pretender evidenciar a funcionarios y legisladores que presuntamente pertenecen a la comunidad gay es una estrategia además de anticonstitucional, antiética; ya que no se debe privilegiar la orientación o identidad sexual de una persona por encima de su capacidad para ejercer un puesto.
Así lo expuso la coordinadora en Aguascalientes de la Red Mexicana de Mujeres Trans AC, Susan Any Muñoz Rodríguez, quien si bien calificó de nefasta la actitud que asumen varios funcionarios y en especial los diputados en el Congreso del Estado, en relación a mandar a la congeladora las iniciativas relacionadas a ampliación de derechos de la comunidad de la diversidad sexual en el estado, y sólo permitir el avance de aquellas leyes que abonan a sus intereses y al de sus partidos, no se pueden evidenciar aspectos tan privados de las personas.
“Sabemos legalmente que nadie debe de decir qué orientación o identidad tienes si tu no lo autorizas; nosotras no haríamos eso, nuestra estrategia para lograr nuestros derechos es más legal y política, demostrando con evidencias sustentadas las necesidades económicas y sociales de la comunidad”, manifestó la activista al referirse al censo de personas trans que iniciaron hace unas semanas con la intención de visibilizarse ante los diputados del Congreso del Estado como un sector de la población significativo en la entidad.
Consideró mejor buscar estrategias legales tras las cuales sea posible denunciar al Congreso por su falta de capacidad laboral, pero no meterse en la identidad sexual de sus integrantes, ya que casos como estos de juzgar a las personas con base a su pertenencia a la comunidad diversa, en lugar de hacerlo por su capacidad, se han dado muchos en el país, y siempre se han pronunciado por el respeto a la privacidad.
Susan Any dijo confiar que la estrategia del Colectivo Ser Gay, organización que aseguró que “sacaría del clóset” a funcionarios y diputados, es con el afán de “picar la cresta”, pero dudó que haga efectiva esa intención.
En México el derecho a la privacidad o intimidad de las personas se encuentra tutelada por la Constitución Mexicana, en el primer párrafo del artículo 16, y según interpretación jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) establece que nadie puede ser molestado en su persona, familia, papeles o posesiones, cuya finalidad es el respeto a un ámbito de la vida privada personal y familiar, que debe quedar excluido del conocimiento ajeno y de las intromisiones de los demás.
Además, la SCJN ha definido a la intimidad como el derecho del individuo a no ser conocido por otros en ciertos aspectos de su vida y, por ende, le concede el poder de decisión sobre la publicidad o información de datos relativos a su persona, familia, pensamientos, sentimientos y por supuesto, de su identidad o preferencia sexual.