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Empresas deben prevenir estrés laboral a partir de 2019

Hilda Hermosillo
Hilda Hermosillo
Periodista en ciernes. Contestataria y suspicaz por naturaleza, un tanto caprichosa, algo distraída, siempre aprendo de todo, vivo a pleno cada centésima de segundo y no podría vivir sin música. Equidad de género. Medio Ambiente. Derechos humanos. Justicia. Política y elecciones.

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  • La norma oficial 035 obliga a los patrones a practicar exámenes médicos y sicológicos a sus trabajadores, para detectar alteración a su salud debido a su trabajo
  • Largas jornadas, excesiva rotación de turnos y acoso laboral son algunos de los riesgos sicosociales

 

Después de dos años de análisis, finalmente se publicó la norma oficial mexicana que obligará a las empresas a prevenir el estrés laboral entre su personal.

Según la NOM-035-STPS-2018 publicada el 23 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF), los patrones deben detectar los factores de riesgo sicosocial y emprender acciones para eliminar las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable. Los centros de trabajo contarán con un año para adoptar estas medidas, ya que, a partir de octubre de 2019 estarán obligados a garantizar su prevención.

El primer paso consiste en identificar a los empleados que sufrieron acontecimientos traumáticos severos con motivo de su trabajo y, de ser necesario, practicar exámenes médicos y evaluaciones sicológicas cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo sicosocial. En este caso, deben ser atendidos ya sea por el sector público o privado, o bien, por el médico de la empresa.

Algunos de los factores de riesgo sicosocial enlistados por la NOM son: largas jornadas, excesiva rotación de turnos, acoso u hostigamiento laboral y pocas oportunidades de desarrollo, aunado a condiciones peligrosas, inseguras o insalubres en los entornos de trabajo.

Las empresas deben dar a conocer a los trabajadores todo lo relacionado con la política de prevención de riesgos sicosociales, desde las medidas adoptadas para combatir las malas prácticas y los actos de violencia laboral, las acciones de control de los factores de riesgo sicosocial, los mecanismos para presentar quejas y denuncias, así como las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo sicosocial.

También deberán emitir lineamientos para el manejo de conflictos de trabajo, prohibir la discriminación entre trabajadores y capacitar a sus directivos, gerentes y supervisores sobre el trato a sus subalternos. Además deberán realizar actividades que promuevan el sentido de pertenencia de los trabajadores a la organización.

El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación para verificar el grado de cumplimiento de la NOM 035.

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó, desde 2016, este proyecto de norma oficial ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud, sin embargo, su análisis y aprobación se demoró dos años.

De acuerdo con datos del Imss, en México el 85 por ciento de los centros laborales no brindan condiciones adecuadas para el desempeño de sus empleados, no cuidan a su talento humano y generan trastornos como estrés laboral, adicción al trabajo y el síndrome burnout.

En Aguascalientes, el estrés laboral es una de las principales causas de incapacidad, de acuerdo con datos del Instituto de Servicios de Salud del Estado.

 

Fuente:

https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5541828&fecha=23/10/2018

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