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jueves, febrero 5, 2026

PGR debe dar a conocer base de datos de personas no localizadas

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  • Es importante que la sociedad acceda y conozca la información derivada de las personas no localizadas, las estrategias realizadas por el Estado y los resultados obtenidos
  • La Agencia de Investigación Criminal de la PGR se declaró incompetente, el INAI obliga a difundir la información

 

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó a la Agencia de Investigación Criminal de la Procuraduría General de la República (PGR) asumir competencia y dar a conocer la Base de Datos de Personas no Localizadas del fuero común, administrada por el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (Cenapi).

Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena planteó la importancia de que la sociedad acceda y conozca la información derivada de las denuncias de desaparición de personas, las estrategias realizadas por el Estado, los resultados obtenidos y el número de aquéllas que continúan sin ser localizadas: “Según el Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas, para abril de 2018 existían 37 mil 436 personas no localizadas; respecto de denuncias presentadas ante Agencias del Ministerio Público del fuero común y del fuero federal, de las cuales 68% tienen menos de 39 años y de ellas 9 mil 522 son mujeres y 27 mil 913 son hombres”.

Ibarra Cadena destacó que uno de los temas prioritarios del gobierno actual es ofrecer respuesta integral a las familias de las personas desaparecidas, a fin de que les garanticen la protección efectiva del derecho humano a la verdad y la reparación del daño que les corresponde.

En respuesta al particular que solicitó la base de datos, la Agencia de Investigación Criminal se declaró incompetente para conocer la información, le proporcionó la dirección electrónica para consultar Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas y le sugirió presentar su petición ante la Secretaría de Gobernación (Segob).

Argumentó que el secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública es el órgano desconcentrado de esa Secretaría, encargado de concentrar la información estadística en materia de incidencia delictiva, la cual es suministrada por las diferentes instituciones de procuración de justicia del país.

Inconforme, el particular presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó que, en el informe rendido por el país a las recomendaciones emitidas por el Comité de las Naciones Unidas contra las Desapariciones Forzadas, del 13 de febrero de 2018, se dio cuenta de que la Agencia de Investigación Criminal, a través del CENAPI, administra la Base de Datos de Personas no Localizadas del fuero común.

En alegatos, el sujeto obligado reiteró la incompetencia; no obstante, en el análisis de la normatividad aplicable, a cargo de la ponencia de la comisionada Blanca Lilia Ibarra Cadena, se determinó que la Agencia de Investigación Criminal cuenta con facultades expresas para desarrollar un sistema estadístico sobre actividades delictivas, el cual permite conocer la situación del fenómeno delictivo para contribuir al combate de la comisión de delitos.

Al consultar distintas fuentes de información oficiales, se advirtió que existe una coordinación estrecha entre la Segob y la PGR para el manejo y la integración de la Base de Datos de Personas no Localizadas, “Esto confirma que sí existe competencia concurrente entre la PGR, mediante la Agencia de Investigación Criminal y la propia Secretaría de Gobernación, en la cual corresponde a la Procuraduría Federal, la integración y actualización del Registro Nacional de Personas Extraviadas o Desaparecidas”.

El Pleno del INAI, por mayoría, revocó la respuesta de la Agencia de Investigación Criminal, le instruyó a asumir competencia y dar a conocer la Base de Datos de Personas no Localizadas del fuero común.

 

Con información del INAI

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