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viernes, diciembre 5, 2025

SFP debe informar sobre auditorías en donaciones de Pemex 

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  • El acceso a la información será un insumo fundamental para el seguimiento de la entrega de recursos por parte de Pemex a los gobiernos estatales y municipales
  • A través de datos e insumos oportunos y veraces sobre el ejercicio del dinero público, se impactará directamente en la formación de un criterio más integral sobre la esfera pública

 

La Secretaría de Función Pública (SFP) debe dar a conocer las auditorías internas a donaciones y donativos de Petróleos Mexicanos (Pemex) a terceros, iniciadas por presunta responsabilidad administrativa, de 2016 a 2019, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Josefina Román Vergara señaló que, a través de datos e insumos oportunos y veraces sobre el ejercicio del dinero público, se impactará directamente en la formación de un criterio más integral sobre la esfera pública y en la integración de demandas sociales más inclusivas.

La comisionada apuntó que Pemex otorga donativos y donaciones con el objetivo mejorar la relación con las comunidades con las que se interactúa, a fin de contribuir a la continuidad operativa de la empresa productiva del Estado, sus subsidiarias y filiales, para propiciar entornos armónicos.

Román Vergara afirmó que “el acceso a la información, como la ahora requerida, será un insumo fundamental para el seguimiento de la entrega de recursos por parte de Pemex a los gobiernos estatales y municipales y, advertirá, si la entrega de los recursos públicos, efectivamente fueron destinados para promover el desarrollo social de las comunidades afectadas por la actividad petrolera”.

La comisionada resaltó que el derecho de acceso a la información es fundamental para brindar a los mexicanos la oportunidad de cuestionar, comparar y analizar el quehacer público: “El proyecto de resolución que sometemos a su consideración, estimamos, brinda cuenta de las acciones que, en materia de responsabilidad administrativa, ha emprendido la Unidad de Responsabilidades en Pemex, adscrita a la Secretaría de la Función Pública, no sólo para dar seguimiento a la huella de los recursos públicos, sino para imponer las sanciones a quienes hubieren actuado en perjuicio del erario”.

En respuesta a la solicitud de información, la SFP se declaró incompetente para conocer lo solicitado y orientó al particular a dirigir su requerimiento a Pemex.

Inconforme con la respuesta del sujeto obligado, el particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI.

En el análisis del caso, la ponencia de la comisionada Josefina Román Vergara observó que, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la SFP designa al titular de la Unidad de Responsabilidades de Pemex, cargo que depende jerárquicamente del sujeto obligado.

Se advirtió que si bien las auditorías realizadas al ejercicio de las donaciones y donativos de Pemex a terceros le corresponden a la Unidad de Auditoría Interna de la empresa productiva del Estado; cuando se detecta alguna presunta responsabilidad administrativa localizada por la Auditoría Interna, ésta tiene el deber de informar a la Unidad de Responsabilidades, adscrita a la SFP.

Con base en la normativa analizada, la ponencia determinó que la SFP, a través de la Unidad de Responsabilidades, puede allegarse la información solicitada, y debió de activar el procedimiento de búsqueda en ese sentido: “La Secretaría de la Función Pública sí es competente para conocer de la materia de la solicitud; por lo que se deberá activar el procedimiento establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y realizar la búsqueda de la información solicitada”.

El Pleno del INAI, por unanimidad, revocó la respuesta de la SFP y le instruyó asumir competencia y a que realice la búsqueda exhaustiva en la Unidad de Responsabilidades en Pemex, a fin de localizar las auditorías internas a donaciones y donativos de Pemex a terceros respecto de los años 2016 al 2019, en los expedientes iniciados con motivo de la presunta responsabilidad administrativa.

 

Con información del INAI 

 

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