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miércoles, febrero 4, 2026

Determinan sanciones para Aldo Ruiz y 13 delegados más de la Secretaría de Bienestar

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Fueron acusados por el PRD de promocionar la figura presidencial en entrega de apoyos
  • Sala Especializada del TEPJF da vistas al órgano de control interno de la dependencia

 

Tras queja del Partido de la Revolución Democrática (PRD), la Sala Especializada del Tribunal Electoral de la Federación (TEPJF) determinó que 43 funcionarios de la Secretaría del Bienestar fueran sancionados por sus organismos de control interno por realizar promoción de la figura de André Manuel López Obrador en tiempos de campañas electorales; entre los sancionados se encuentra el delegado Aldo Ruiz Sánchez y la subdelegada regional Jennifer Parra.

La Secretaría de Bienestar deberá reprender a 14 superdelegados, 21 subdelegados regionales y ocho Servidores de la Nación.

Los sancionados fueron acusados por el PRD de realizar promoción personalizada del presidente Andrés Manuel López Obrador, a través de los funcionarios federales, quienes violaron el artículo 134 constitucional al promover la imagen del presidente en la distribución de programas sociales, pues además de presentar el nombre del Ejecutivo en chalecos, gorras y cachuchas, en los discursos en las ceremonias de las entregas se le señalaba como a la persona que debían agradecer el apoyo.

La sentencia fue dictada por la magistrada presidente de la Sala Especializada del TEPJF, Gabriela Villafuerte Coello, quien determinó que esta práctica viola el artículo 134 constitucional, que prohíbe el uso de recursos públicos para promocionar a alguna persona.

Los magistrados afirmaron que los delegados son los responsables de que la estructura orgánica del Gobierno Federal funcione dentro de la legalidad, y en este caso no cumplieron con su deber, por lo que exoneraron tanto a López Obrador como el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y a la titular de la Secretaría de Bienestar, María Luisa Albores González, de responsabilidad alguna.

Se determinó existente la infracción relativa al incumplimiento de medidas cautelares atribuidas a 43 servidores públicos señalados en la resolución, entre estos a 14 superdelegados -de Aguascalientes, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Coahuila, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Michoacán, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí, Veracruz y Yucatán- se les responsabiliza de violar el artículo 134 constitucional.

La sentencia se basó en que los funcionarios no cumplieron con su obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos, y no vigilar que los servidores realizaran una labor libre de promover al presidente en su vestimenta y en sus discursos ante los ciudadanos.

La Sala Especializada determinó dar vista al Organismo Interno de Control de la Secretaría de Bienestar, a fin de que sea esta la instancia que imponga las sanciones para los servidores públicos.

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