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viernes, diciembre 5, 2025

Desechan impugnación del PRD por integración de Comisión Permanente del Congreso de la Unión

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  1. Tras analizar el caso, se determinó que el acuerdo impugnado por el cual se determina la integración de la Comisión Permanente tiene una naturaleza parlamentaria
  2. El juicio ciudadano es improcedente debido a que el acuerdo impugnado está inmerso en el Derecho Parlamentario

 

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó una demanda de diputadas del PRD para controvertir el acuerdo de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) de la Cámara de Diputados por el que se designaron a los integrantes de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión.

El 18 de marzo pasado, las diputadas Verónica Juárez Piña y Abril Alcalá Padilla, fueron elegidas por su grupo parlamentario como representantes del PRD ante la Comisión Permanente.

El 19 de marzo fue publicado en la Gaceta Parlamentaria el acuerdo de la Jucopo, el cual fue aprobado ese mismo día por el pleno de la Cámara de Diputados, con 19 integrantes y en el que el PRD no fue incluido, por lo que interpusieron un juicio ciudadano ante la Sala Superior del TEPJF.

Tras analizar el caso, las magistradas y los magistrados determinaron que el acuerdo impugnado, por el cual se determina la integración de la Comisión Permanente tiene una naturaleza parlamentaria, motivo por el cual no puede ser objeto de análisis por parte de esta Sala Superior.

En ese sentido consideraron que el juicio ciudadano es improcedente debido a que el acuerdo impugnado está inmerso en el Derecho Parlamentario, y determinaron desechar de plano la demanda. 

La resolución se registró bajo el nuevo acuerdo general para llevar a cabo sesiones no presenciales aprobado por el TEPJF, utilizando como forma de comunicación el correo electrónico, ante la emergencia sanitaria por el Covid-19, y que fue aprobado por mayoría del pleno. (Asunto: SUP-JDC-186/2020).

 

TEPJF

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