- El Congreso del Estado aprobó un cambio en la Ley de Educación de Aguascalientes que viola el derecho al acceso a la educación sexual de los niños
- El Pin Parental da la facultad a los padres de escoger qué contenidos sexuales sí pueden ver, y cuáles no, sobreponiéndose así a la facultad del Estado
Durante esta semana se ha estado evaluando en la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes (CDHEA) la reforma que se hizo a la Ley de Educación de Aguascalientes con respecto a imponer un Pin Parental en la educación sexual de las niñas y niños del estado que, desde ciertas latitudes sociales, tesis y posturas gubernamentales, se considera como una reforma inconstitucional que viola y atenta contra los derechos de las y los menores de edad.
Dicha legislación fue publicada el 25 de mayo en el Periódico Oficial del Estado por lo que, partiendo de ahí, se tienen 30 días para que la CDHEA pueda promover la acción de inconstitucionalidad a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Ya pasaron más de dos semanas.
Contra la constitución y la SCJN
Elena Anaya, abogada y maestra de Políticas Públicas y Género, quien participó en la elaboración del documento que presentó la sociedad civil (comunidad feminista, Observatorio, académicos, periodistas, entre otros) ante la CDHEA para argumentar y comprobar la inconstitucionalidad de la reforma al artículo 4 de la Ley de Educación de Aguascalientes, explicó a este medio las razones por las cuáles se ve a todas luces que se viola el derecho al acceso de información de las niñas y niños en la entidad: “Son varias las razones por las que afirmamos que el Pin Parental resulta inconstitucional. Primero, porque de forma evidente, transgrede el derecho a una educación sexual, científica integral, laica y con perspectiva de género, que establece muy claramente el artículo tercero constitucional”.
Lo que ya se aprobó en los curules del Congreso del Estado propone que “la Autoridad Educativa Estatal dará a conocer de manera previa a su impartición, los programas, cursos, talleres y actividades análogas en rubros de moralidad, sexualidad y valores a los padres de familia a fin de que determinen su consentimiento con la asistencia de los educandos a los mismos, de conformidad con sus convicciones”.
Empero, la reforma del 2019 al artículo 3 de la Carta Magna plantea que “los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral, por lo que se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades (…) la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente (…)”.
La abogada abundó: “Al posibilitar que se obstaculice el acceso a educación sexual de las y los estudiantes en las aulas escolares, pues de forma clara se obstaculiza el ejercicio de este derecho constitucional”.
Además, la también integrante de la asociación civil Cultivando género, que aboga por los derechos de las mujeres, niñas y niños, añadió que el planteamiento que se aprobó, en presunta inconsciencia, va en contra de la tesis de la SCJN Derechos de las niñas, niños y adolescentes. El deber estatal de prestar asesoría, orientación sexual y garantizar el acceso a métodos anticonceptivos, debe atender a la trayectoria vital de los menores de edad. Dicho documento dicta que la garantía al derecho al acceso a información sexual “no pugna en sí y por sí misma con el interés superior del menor, ni genera un ambiente nocivo para su desarrollo”.
Al contrario de lo que se presupone en el Pin Parental para Aguascalientes, sentenció, el acceso a la información sexual podría beneficiar a la salud de los niños.
Retraso en Derechos Humanos
La defensora de los derechos de las y los niños opinó que la silenciosa aprobación de esta reforma educativa local es “un retroceso grave en materia de derechos humanos”. Agregó que estas circunstancias empeoran “más en un contexto como el de nuestro estado en donde la violencia de género es una grave problemática social”.
Comentó que esta ley, pendiente a ser declarada como inconstitucional, se enfrenta no sólo a tesis o posturas gubernamentales y de la sociedad civil mexicana, sino que también va en contra de la tendencia mundial por apostar en la educación sexual desde la perspectiva de género. Siguen corriendo los días restantes para proceder con la acción de inconstitucionalidad, pero, dados los argumentos, se tiene fe en que esta proceda en tiempo y forma.
Fuentes: