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viernes, diciembre 5, 2025

Impone Tribunal Electoral dos sanciones públicas contra el PVEM y Arturo Ávila

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • Sanción para el PVEM será también para empresa y candidato por actos anticipados de campaña
  • Desechan juicio ciudadano de militantes de Morena por presentarlo fuera de tiempo

 

 

El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) acreditó actos anticipados de campaña cometidos por el Partido Verde Ecologista de México local, derivados de la fijación de una lona fuera de los plazos legales correspondientes, y determinó una sanción pública; igual castigo impuso para el Arturo Ávila por no incluir el logotipo de la coalición en uno de cuatro impresos denunciados.

Orlando Octavio Hernández López, en su carácter de representante suplente del Partido Acción Nacional ante el XI Consejo Distrital del Instituto Estatal Electoral en Aguascalientes, presentó una denuncia en contra de Partido Verde Ecologista de México por actos anticipados de campaña en contra del candidato a diputado por el distrito XI local al haberse fijado una lona en un anuncio espectacular tres días antes del inicio de la campaña.

Este Tribunal determinó que se actualiza la infracción consistente en la realización de actos anticipados de campaña por la existencia de la propaganda denunciada por el quejoso, ubicada en un domicilio dentro del municipio capital de este estado de Aguascalientes, al deslindar responsabilidad, tanto para la empresa que fijó la lona denunciada, así como para el candidato y el PVEM, a los cuales se les impuso una amonestación pública.

En otra denuncia presentada por el partido Acción Nacional ante el TEEA en contra de Francisco Arturo Federico Ávila Anaya, candidato a la presidencia municipal de Aguascalientes por la coalición Juntos Haremos Historia en Aguascalientes, se señala que propaganda impresa no incluye elementos que identifiquen a la coalición que postuló al candidato denunciado; al respecto, el Tribunal resolvió que de los cuatro espectaculares presentados para los medios probatorios, sólo se acredita la existencia de uno de ellos, por tanto se sancionó con amonestación pública al candidato y coalición denunciados.

En otro asunto, el Tribunal local determinó desechar la demanda interpuesta por varios militantes de Morena en contra de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de dicho partido por considerar que el Juicio es extemporáneo. Lo anterior, en virtud de que la resolución que se combate fue emitida por la CNHJ el día 19 de abril, notificada válidamente por estrados el día 21 del mismo mes, y no es sino hasta el día 26 que los promoventes interponen el Juicio Ciudadano (JDC) en contra de un acuerdo plenario dictado por este Tribunal.

 

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