Entrega IEE constancias a cargos electos por representación proporcional - LJA Aguascalientes
28/09/2023



 
  • El Consejo General del Instituto Estatal Electoral aprobó el cómputo de la votación válida emitida y la asignación de 9 Diputaciones Locales y 43 Regidurías
  • Tanto en la asignación de Diputaciones Locales como para el reparto de Regidurías, se acataron las reglas de paridad de género y alternancia

 

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEE) de Aguascalientes entregó constancias a quienes ocuparán las Diputaciones Locales y Regidurías que, por el principio de representación proporcional, integrarán el Congreso del Estado y los once Ayuntamientos, durante el periodo constitucional 2021-2024.

En sesión extraordinaria, fueron designadas por el principio de representación proporcional nueve Diputaciones Locales y 43 Regidurías, de las cuales siete corresponden al municipio de Aguascalientes; cuatro a cada uno de los Ayuntamientos con más de treinta mil habitantes, Asientos, Calvillo, Jesús María, Pabellón de Arteaga, Rincón de Romos y San Francisco de los Romo; y tres a los municipios de Cosío, San José de Gracia, Tepezalá y El Llano, cuya población es menor a esta cifra.

La asignación de estos cargos se realizó con base en los resultados oficiales de los cómputos distritales y municipales, atendiendo a las fórmulas previstas en el Código Electoral del Estado de Aguascalientes, con el objeto de que las fuerzas políticas cuenten con un grado de representatividad en estos órganos, acorde con la votación obtenida de la jornada electoral del pasado 6 de junio.

La Diputaciones Locales por el principio de representación proporcional se distribuyeron con base en los artículos 232, 233 y 234 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes:

  1. a) A los partidos políticos que hayan obtenido el 3% o más de la votación válida emitida, se le asignará una Diputación en orden decreciente de los votos que hayan obtenido, es decir, la suma de los sufragios a favor de partidos políticos y candidaturas independientes, sin considerar votos nulos y candidaturas no registradas. En caso de empate porcentual, se asignará al quien haya obtenido el mayor número de sufragios.
  2. b) En segundo término, se concederá una Diputación adicional a cada uno de los partidos políticos que, una vez deducido el 3%, alcancen el cociente electoral, mismo que se calcula dividiendo la suma de los porcentajes obtenidos con respecto a la votación válida emitida estatal por los partidos políticos con derecho a participar en la asignación, deducido ese 3%, entre el número de curules a repartir.
  3. c) Si aún quedasen espacios por repartir, estos se asignarán utilizando los restos mayores, es decir, el remanente más alto entre los restos de las votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución de diputaciones mediante el cociente electoral.

 

Posición Partido político Propietario Suplente
1 PAN Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba Alejandra Orozco Ramírez
2 Morena Ana Laura Gómez Calzada Sindy Paola González Rubalcava
3 PRI Verónica Romo Sánchez Miriam Elizabeth Romo Marín
4 MC Yolytzin Alelí Rodríguez Sendejas Daniela Miyuky López Muñoz
5 PVEM Genny Janeth López Valenzuela Daniela Malinaly Márquez Salto
6 Morena Leslie Mayela Figueroa Treviño Berenice Anahí Romo Tapia
7 Morena Irma Karola Macías Martínez Janet Ramírez Tiburcio
8 Morena Juan Carlos Regalado Ugarte Jesús Alberto Castillo Contreras
9 Morena Arturo Piña Alvarado Marlon Castro Armendáriz

 

Es importante mencionar que todo partido político que obtenga el triunfo en la totalidad de los distritos uninominales, no tendrá derecho a participar en la asignación de Diputaciones por el principio de representación proporcional. Las candidaturas independientes no podrán acceder a cargos legislativos bajo el principio de representación proporcional.

La distribución de Regidurías por el principio de representación proporcional se realizó con base en los artículos 236, 237 y 238 del Código Electoral:


  1. a) A los partidos políticos y candidaturas independientes que obtuvieron el 2.5% o más de la votación válida emitida en el municipio, corresponderá una Regiduría, en orden decreciente al porcentaje alcanzado en la elección.
  2. b) Si quedaren Regidurías, se asignará una adicional a cada uno de los partidos políticos y candidaturas independientes que, una vez deducido el 2.5%, alcancen el cociente electoral, en orden decreciente al porcentaje alcanzado en la elección. Este se calcula dividiendo la suma de los porcentajes obtenidos con respecto a la votación válida emitida en el municipio por los partidos políticos con derecho a participar en la asignación, deducido el 2.5%, entre el número de regidurías a repartir.
  3. c) Si aún quedasen Regidurías por repartir, estas se asignarán utilizando los restos mayores, los remanentes más altos entre los restos de las votaciones de cada partido político, una vez hecha la distribución mediante el cociente electoral.
  4. d) No participan en dicha asignación los partidos que hayan obtenido la mayoría relativa de la elección en el Municipio de que se trate.

 

Aguascalientes
Regiduría Partido político Propietario Suplente
1 Morena Alejandra Peña Curiel Claudia Lorena Marín Rodríguez
2 PRI Edith Citlalli Rodríguez González Martha Aurora Gamboa Hernández
3 MC Gustavo Adolfo Granados Corzo Jorge Isaac Gómez Castro
4 Morena Luis Armando Salazar Mora Jorge Arturo Hernández Hernández
5 Morena María Dolores Verdín Almanza Aline Mirelli Becerril Cruz
6 PRI Carlos Fernando Ortega Tiscareño Brandon Amauri Cardona Mejía
7 MC María Guadalupe Arellano Espinosa Nora Eugenia Izaguirre Prieto
Asientos
1 PAN Diana Karina Vázquez López Rosa Martha García García
2 PRI Alma Aracely Rangel Padilla Martha Hilda Silva Ramos
3 PAN Abel Velázquez Calvillo Edgar de Lira Monreal
4 PAN Leticia Hernández Jiménez Irma Llanas Martínez
Calvillo
1 Morena Ana Luis Cardona Landeros Claudia Peralta Ramírez
2 PLA Andrea Monserrat Pineda Rosales Cecilia Rosales Romo
3 FXM María Guadalupe Díaz Martínez Sugey Nayeli Martínez Díaz
4 PRI Carlos Luevanos González Ciriaco de Loera García
Cosío
1 PAN Salvador Torres Aguilar Luis Alberto López Martínez
2 PRI Rosa Maura Cedillo Castorena Jannet Reyes Gallegos
3 PT Hilda Raquel López de la Cruz Eva Galván Aparicio
El Llano
1 FXM Salvador Hernández Ramos Jorge Delgado Ibarra
2 PAN M. Patricia González Romero Hortencia Macías Ortiz
3 PRD José Manuel Martínez Zamora Víctor Manuel Castañeda García
Jesús María
1 Morena Karla Arely Espinoza Esparza Aurelia Esparza Rodríguez
2 PRI Kendor Gregorio Macías Martínez Gerardo Alfonso Gutiérrez Gómez
3 PES Aitsy Jeanette Mares Chávez Ma. Socorro Flores López
4 FXM Leobardo Valdez Alba Edmundo Martínez Ávila
Pabellón de Arteaga
1 PRD Rosalba Campos de la Cruz Nancy Verónica Chávez Lara
2 MORENA Eva del Carmen Olivares Quezada Yessica Ivette Carrasco Macías
3 PT Galisma Elizabeth Moreno Serrano María Susana Romo Garza
4 PAN Miguel Roberto Mejía Quiroz Edel Azua Pérez
Rincón de Romos
1 PAN Luz Adriana Castañeda Velasco Modesta Ovalle Flores
2 MC Sergio Marín Reyes Juan Francisco Zamarripa Velázquez
3 CI Erick Muro Sánchez Erick Muro Sánchez Israel García García
4 PVEM Sonia Hornedo Guerra Cuquita Montserrat Esparza Hornedo
San Francisco de los Romo
1 PAN Beatriz Montoya Hernández Karina Ivette Eudave Delgado
2 Morena Ivonne Martínez de la Cruz Elizabeth Márquez León
3 NAA María Esparza Santos Laura Berenice Flores Cisneros
4 PAN Ismael Lara Medina Alejandro Esparza Pérez
San José de Gracia
1 PAN Yaritza Citlaly Ibarra González Velia Puentes López
2 CI Eddy Uriel González Santos Erika Leticia Reyes Hernández Deisy Loredai Cruz González
3 Morena Sonia Cristina López Ávila Ma. Felicitas Herrera Rubalcava
Tepezalá
1 PAN Norma Loza Gutiérrez Jaqueline Guillén Esparza
2 Morena Nancy Jiménez Ramírez Enedina Ramírez Santillán
3 PRD Raúl Loza Soto Alejandro Salazar Araiza

 

Tanto en la asignación de Diputaciones Locales como para el reparto de Regidurías, se acataron las reglas de paridad de género y alternancia, con el propósito de lograr la integración paritaria del Congreso del Estado y los Cabildos. La autoridad electoral se encuentra facultada para realizar las acciones afirmativas necesarias para garantizar la designación equitativa de mujeres y hombres en los órganos de representación, cuando ello no se logre con el orden original de los listados previamente registrados y las listas formadas por las candidaturas de los partidos políticos con más altos porcentajes de votación que no obtuvieron el triunfo por mayoría relativa.

 

IEE


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