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miércoles, enero 14, 2026

Expertos afirman que es necesario legislar para que terapias de conversión se consideren delito

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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Además de las leyes pendientes en beneficio de la comunidad LGBTIQ+ por parte del Congreso del Estado, se suma la necesaria legislación para que las terapias de conversión sean consideradas como delito en Aguascalientes, tal como se aprobó en la Ciudad de México, destacó Wilfrido Isamí Salazar Rule, asesor legal del Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG) de Aguascalientes.

En espera de que en el siguiente periodo ordinario en el Senado de la República se apruebe la propuesta para que los Ecosig (Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género), mejor conocidos como terapias de conversión, sean considerado como delito en el Código Penal Federal, en caso de que así suceda será necesario que suceda igual en cada una de las entidades de la República, destacó el activista.

Destacó que si bien el tema se ha puesto sobre la mesa de varias Legislaturas locales, al momento ningún grupo parlamentario se ha atrevido a impulsar una propuesta en este sentido, al ser claro que solo partidos con una postura progresista podrá hacerlo, como es el caso del Partido de la Revolución Democrática tal vez Morena o Movimiento Ciudadano, mismo que en las diez causas que dio a conocer en la pasada campaña electoral, una de ellas es penalizar las terapias de conversión.

“Esperemos que su única diputada cumpla con esa promesa y haga suya esa causa o haga equipo…con pendiente más a la lista legislativa”, subrayó.

Salazar Rule expuso que si bien en Aguascalientes no se conoce la existencia de centros o clínicas que den este tipo de terapias, aunque no descartó que en los llamados “Anexos” se ofrezcan de manera informal, pues desde el OVSG han acompañado al menos a cuatro adolescentes que entraron en conflicto con sus padres pretendían imponer decisiones con base a su moral personal, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Ley general para niñas, niños y adolescentes reconocen un principio que se llama “autonomía progresiva”, que señala que los padres son responsables de las decisiones que afecten la esfera jurídica de las y los menores en su infancia primaria, pero en la medida que van creciendo son conscientes y responsables de su toma de decisiones.

“Lo que ha recomendado la SCJN es que los padres pueden acompañar el proceso de toma de decisiones de las y los adolescentes, proporcionar información para que puedan tomar una decisión, pero no pueden tomar la decisión por ellos, ni mucho menos imponerles algo; mucho menos en un tema religioso o de alguna preferencia sexual. Nada que tenga que ver con el libre desarrollo de la sexualidad”, recalcó el abogado.

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