Instalación de la Red Local del PlanDAI en Aguascalientes/ Arcana Imperii  - LJA Aguascalientes
13/10/2024

Los temas de Transparencia y el Derecho de Acceso a la Información -DAI- son inagotables. Tienen aristas, ángulos y claroscuros que se seguirán entendiendo, definiendo y resolviendo a lo largo de los años. Pero como en muchos otros casos, son las primeras piedras las que son determinantes.

Helena Hofbauer Balmori.

 

Estimados Amigos invisibles, hoy daré un giro, es un tema pendiente en tema de transparencia, llamado Plan Nacional de Socialización del Derecho de Acceso a la Información (PlanDAI). Una nueva política pública que ha impulsado el INAI -desde el año 2018- en colaboración con los Órganos Garantes en materia de transparencia en los Estados.

 Como Usted recordará, el Derecho de Acceso a la Información –DAI- no es otra cosa que un medio para solicitar información a cualquier sujeto obligado “cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos, fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad de la Federación, las entidades Federativas y los municipios” -párrafo segundo del artículo 1° de la Ley General de Transparencia, Acceso a la Información Pública (LGTAIP)- a través de un procedimiento específico, es decir, la diferencia entre transparencia y acceso a la información, es que la primera cualquier sujeto obligado tiene el deber y el compromiso de cumplir con el derecho de la máxima publicidad de la información en sus portales y generar la cultura de la proactividad, en cambio; el segundo concepto es más especializado en el cual se requiere un procedimiento para solicitar información a cualquier sujeto obligado que reciba recursos públicos, llamadas “solicitudes de información”.

El derecho a la información muestra siempre dos caras:

  1. La publicidad (o transparencia) de la información y;
  2. La privacidad (opacidad de la información de los particulares expresada como “confidencialidad”)

El PLANDAI es considerada una política pública de carácter nacional que parte del INAI y el Sistema Nacional de Transparencia, a través de la socialización del DAI en la población, principalmente en grupos sociales en situación de vulnerabilidad, busca contribuir a la inclusión y a la reducción de la brecha de desigualdad en el ejercicio de otros derechos fundamentales. Se trata pues, de un esfuerzo que promueve la organización para la acción colectiva, la generación de liderazgos y capacidades, así como la incidencia en la solución de los principales problemas públicos y comunitarios de nuestro Aguascalientes.

Es una herramienta valiosa que contribuye a transparentar la gestión pública y potencialmente a prevenir la corrupción. Las experiencias -en otros Estados- han mostrado que cuando este derecho se enseña, se transmite y se ejerce estratégicamente, se abre un abanico de posibilidades para el ciudadano. Por ejemplo, puede incrementar la participación ciudadana en la toma de decisiones, por lo tanto, potenciar la generación de beneficios privados o comunitarios.

De acuerdo con la Encuesta Nacional de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (ENAID) señala que actualmente, México tiene diversas áreas de oportunidad en esta materia. Sólo el 54.8 por ciento de las personas en el país tienen conocimiento acerca de una ley o institución relacionada con el DAI; mientras que apenas 3.6 por ciento dice haber realizado una solicitud de información a lo largo de su vida y 16.1 por ciento haber visitado un portal de internet de gobierno. Además, aunque el 32.6 por ciento de la población utiliza la información para realizar un trámite o gestión, se desconoce a profundidad si estas personas están aprovechando el DAI, es decir, si su ejercicio les permite transformar realidades y mejorar su calidad de vida.


En este contexto, los objetivos del PlanDAI son: (1) posibilitar que el DAI se encuentre al alcance de toda persona, (2) ampliar y diversificar la base de usuarios y beneficiarios del DAI, y (3) propiciar su ejercicio estratégico y el uso de la información pública para alcanzar objetivos concretos. Con ello, lograr que las personas hagan de este derecho un recurso estratégico que les permita incidir en su vida cotidiana.

¿Qué busca el PlanDAI?

Incrementar el aprovechamiento del DAI por parte de la población (mediante la integración de redes locales), tras la formación y despliegue de actores denominados “Facilitadores del DAI”. Específicamente busca:

  1. Posibilitar que el DAI se encuentre al alcance de toda persona,
  2. Ampliar y diversificar la base de usuarios y beneficiarios, y
  3. Propiciar su ejercicio estratégico y el uso de la información pública para alcanzar objetivos concretos. Con ello, permitir que las personas puedan usar este derecho como una herramienta para incidir en su vida cotidiana.

¿En qué consistiría su implementación?

La implementación del PlanDAI es un esfuerzo de mediano y largo plazo que, por cada entidad federativa, a través de los Órganos Garantes, apliquen las siguientes siete ACCIONES CLAVE:

  1.   Integrar una Red Local de Socialización del DAI (coordinada por el organismo garante local y con la participación de sujetos obligados -que implementan programas y acciones de desarrollo social, así como quienes están a cargo de bibliotecas públicas y centros comunitarios digitales-, instituciones de educación superior, organizaciones de la sociedad civil, y empresas),
  2.   Elaborar un Plan Local de Socialización del DAI,
  3.   Formar a Facilitadores del DAI,
  4.   Socializar el DAI en la población,
  5.   Documentar actividades,
  6.   Comunicar mejores prácticas, y
  7. Desarrollar un Sistema de incentivos (se prevé un Premio Nacional para el reconocimiento de las mejores prácticas en el aprovechamiento del DAI).

¿Quién integra la Red Local de Socialización?

Estará integrada mínimamente por cinco actores: (1) Órgano Garante Local -ITEA-, (2) Poder Ejecutivo Estatal, (3) Instituciones de Educación Superior, (4) Organizaciones de la Sociedad Civil y (5) el INAI. En caso de que la RLS opte por el componente denominado “Contraloría y vigilancia ciudadana”, previa solicitud de colaboración, se considerarán como integrantes a la Contraloría del Estado y el Órgano Superior de Fiscalización del Estado -OSFAGS-

Por lo pronto le invito a que siga el día de hoy la Instalación de la RLS en nuestro Estado, una vez instalada, la ciudadanía podrá participar de acuerdo al Plan de Trabajo que proponga la propia Red. Recuerde, la transparencia y el DAI son fundamentales para la prevención y el control efectivo de la corrupción.

Ya sabe, alguien lo tiene que decir. Para no dejar que unos lo hagan y otros lo permitamos.

 

 

[email protected]

@chazito14


Show Full Content
Previous Los 30 años del Teatro de Aguascalientes/ Imágenes de Aguascalientes 
Next Enmarañados/ A lomo de palabra 
Close

NEXT STORY

Close

Integrantes del Consejo de la Ciudad concluyen su periodo el próximo año

02/07/2016
Close