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miércoles, febrero 4, 2026

INE es la autoridad encargada de resolver peticiones de los partidos para renunciar a su financiamiento público

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  • INE debe determinar si el partido político Morena puede renunciar al cien por ciento de su financiamiento público de diciembre

 

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió, por unanimidad de los presentes, que el Consejo General del Instituto Nacional Electoral es la autoridad que debe determinar si el partido político Morena puede renunciar al cien por ciento de su financiamiento público correspondiente al mes de diciembre.

La controversia tiene origen en la solicitud realizada el 24 de noviembre pasado por el partido político Morena para renunciar al cien por ciento de la ministración del financiamiento público que le correspondería en el mes de diciembre, con el objetivo de que dichos recursos se reintegren a la Tesorería de la Federación y sean utilizados en la compra de vacunas contra la pandemia del virus COVID-19. En respuesta a ello, la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) la determinó improcedente, a fin de que Morena tenga los recursos necesarios para cumplir con las multas y sanciones que le fueron impuestas de manera previa. Frente a ello Morena presentó un medio de impugnación.

A propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, el pleno de la Sala Superior determinó que, de acuerdo con la normatividad electoral, el Consejo General del INE es el órgano facultado para determinar la procedencia y análisis de las peticiones de los partidos políticos para renunciar a su financiamiento público ordinario, pues la DEPPP es un órgano auxiliar y ejecutor del financiamiento sin tener facultades expresas para resolver tales peticiones. En el caso, al ser una petición expresa para la renuncia del cien por ciento del financiamiento público correspondiente al mes de diciembre, el pleno determinó que debe ser el máximo órgano del INE -y no la DEPPP- quien determine si dicha petición es procedente.

En consecuencia, la Sala Superior determinó revocar el oficio emitido por la DEPPP, así como instruir al Consejo General del INE que dé respuesta a la petición formulada por Morena. De esta manera, el Tribunal Electoral otorga certeza a los partidos políticos sobre la autoridad encargada de resolver sus peticiones para renunciar a su financiamiento público. (SUP-RAP-480/2021)

 

 

TEPJF 

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