Sólo el INE está facultada para promover la Revocación de Mandato - LJA Aguascalientes
03/10/2024

  • Piden a organizaciones y particulares abstenerse de promoverla o evitar la participación
  • Se deben evitar este tipo de manifestaciones de manera pública

 

Organizaciones, partidos políticos o particulares deberán abstenerse de promover o tratar de obstaculizar la participación ciudadana en la Revocación de Mandato, advirtió Ignacio Ruelas Olvera, vocal ejecutivo de la Junta Local del Instituto Nacional Electoral (INE), pues solo el Instituto tiene facultades constitucionales para hacerlo.

Ante la tentación que este ejercicio de participación directa ha despertado en grupos políticos, organizaciones e incluso por iniciativas particulares, ya sea de impulsar que la ciudadanía vaya o no a las mesas de votaciones, el representante del INE en Aguascalientes subrayó que la promoción es facultad constitucional del árbitro electoral federal, misma que fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

“Obviamente que no la promueve en contra de la participación de los ciudadanos en un ejercicio de democracia directa. No pasa nada cuando el ciudadano, en pleno ejercicio de sus facultades ciudadanas e informado participa en una democracia de orden directo; les hacemos un llamado a abstenerse de este tipo de manifestaciones de manera pública”, expuso.

Previamente, a través de sus medios oficiales el Instituto Nacional Electoral aclaró que, conforme a lo establecido en la Constitución y la ley, el gobierno federal está en prohibición de difundir propaganda del 4 de febrero y hasta el 10 de abril, fecha en que se celebrará la consulta de revocación de mandato al Presidente de la República.

Detalló que conforme al artículo 33 de la Ley Federal de Revocación de Mandato, aprobada por el Congreso de la Unión y publicada el 13 de septiembre de 2021, durante el tiempo que comprende el proceso de revocación de mandato, desde la emisión de la convocatoria y hasta la conclusión de la jornada de votación deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.

Mencionó que la misma norma establece también que ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de las y los ciudadanos sobre la revocación de mandato.

“Si bien en la Ley Federal de Revocación de Mandato se establece que los partidos políticos podrán promover la participación ciudadana en este proceso, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha declarado inconstitucional dicha determinación al considerar que esa es una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral”, detalló el INE.

El INE precisó que la prohibición de emitir propaganda es aplicable en todo el territorio nacional, a los tres órdenes de gobierno (federal, estatal y municipal), así como a cualquiera de sus Poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).



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Claudia Rodríguez Loera

Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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