Patronato no puede rentar espacios en el perímetro ferial a partidos políticos, aclara Sectur en Aguascalientes - LJA Aguascalientes
25/09/2023



 
  • “Hay instancias más arriba que yo que sí pueden dar otra indicación, yo acataré la indicación que se me dé”: José Ángel González Serna

 

El Patronato de la Feria Nacional de San Marcos no tiene permitido rentar espacios a partidos políticos durante esta temporada de campañas electorales en la que se atraviesa la verbena, así lo confirmó el titular de la Secretaría de Turismo (Sectur) de Aguascalientes, José Ángel González de la Serna, quien mencionó que ello solamente podría cambiar a petición de otras instancias que están “más arriba”.

“Yo no puedo rentar espacios a partidos políticos (…); yo como Patronato, yo estoy impedido a rentarles a los partidos políticos”, reiteró el funcionario estatal. Pero, agregó, “hay instancias más arriba que yo que sí pueden dar otra indicación. Yo acataré la indicación que se me dé. Así de claro, que no haya duda”, dijo el funcionario estatal, que también informó sobre el avance del 95% que se tiene en la organización de la verbena.  

Antes de estas declaraciones, el secretario General de Gobierno, Juan Manuel Flores Femat, había informado que se propondría hacer firmar un “pacto de civilidad” con los partidos políticos en materia electoral para evitar que durante la verbena hagan eventos masivos multitudinarios que puedan desplazar a los comercio locales. Según fuentes consultadas por LJA.MX, este pacto sigue en curso en el Instituto Estatal Electoral (IEE) pero hasta ayer todavía no se firmaba.

 

Código electoral, hay reglas

De acuerdo al artículo 163 del Código Electoral del Estado de Aguascalientes, para la colocación y fijación de propaganda electoral, los partidos políticos tienen que seguir algunas reglas, una de ellas es que no podrán colgar propaganda “en elementos del equipamiento urbano, ni obstaculizar en forma alguna la visibilidad de los señalamientos que permiten a las personas transitar y orientarse dentro de los centros de población”, y será la propia autoridad electoral la encargada de retirarla en caso de que se viole.

También se establece que sí se puede colgar propaganda en bienes inmuebles privados, siempre y cuando se medie un permiso escrito; además, tampoco “podrá fijarse o pintarse en elementos del equipamiento urbano, carretero o ferroviario, ni en accidentes geográficos”, así como no está permitido colgar, fijar o poner propaganda en monumentos ni edificios públicos.

 



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