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viernes, diciembre 5, 2025

TEEA señaló por cuarta vez que precandidata no cometió actos anticipados de campaña 

Claudia Rodríguez Loera
Claudia Rodríguez Loera
Reportera en La Jornada Aguascalientes.

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  • La denuncia fue presentada por Morena por aparición de espectaculares
  • Concluyen que no hay un llamado expreso al voto

 

Por cuarta ocasión el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) declaró la inexistencia de actos anticipados de campaña atribuidos al Partido Acción Nacional (PAN) y a la precandidata a la gubernatura María Teresa Jiménez Esquivel.

También por cuarta ocasión el denunciante fue un representante del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), quien señaló que la precandidata cometió actos anticipados de campaña a través de la aparición de anuncios espectaculares. 

El pleno del Tribunal Electoral consideró que, derivado de una interpretación sistemática e integral de la normativa electoral, no le asiste la razón al denunciante, ello porque el contenido de los espectaculares cuestionados no realizan un llamado expreso al voto, ni configuran su equivalencia. Asimismo, no es posible acreditar la autoría o identificar la imagen de la precandidata denunciada, en el material controvertido. 

En su escrito de denuncia, el representante de Morena manifiesta la acreditación de actos anticipados de campaña, derivado de la colocación y exposición de diversos espectaculares que contienen mensajes que constituyen un llamamiento al voto, con la finalidad de posicionar indebidamente su candidatura frente a las demás opciones políticas. 

La autoridad jurisdiccional, en su octava sesión pública de resolución virtual, estimó que en primer lugar no es posible identificar la imagen o acreditar la autoría de la precandidata denunciada en el contenido de los mensajes cuestionados y, por tanto, no se actualiza el elemento personal respecto de los actos que se le imputan. 

En segundo lugar, los mensajes cuestionados no constituyen la infracción de actos anticipados de campaña al PAN, ello porque no se considera que realicen un llamado expreso al voto o bien, mensajes que configuren una equivalencia. Esto es así porque, en primer lugar, el contenido de los espectaculares es genérico y se encuentra dentro de los parámetros permitidos durante la etapa de precampañas en favor de los partidos políticos. 

El magistrado electoral Héctor Salvador Hernández Gallegos reiteró que con las pruebas técnicas realizadas y un análisis idóneo, no se lograron acreditar las circunstancias de modo, tiempo y lugar, lo que fue un obstáculo jurisdiccional para estudiar la queja.

En lo que va del proceso electoral en curso a la elección de gobernadora de Aguascalientes, el partido Morena ha presentado cuatro 4 Procedimientos Especiales Sancionadores (PES) en contra de las precandidatas de Acción Nacional, tres específicamente por actos anticipados de campaña en contra de Teresa Jiménez Esquivel; los cuatro fueron definidos como inexistentes en el pleno de la magistratura del TEEA.

 

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