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jueves, febrero 5, 2026

Senado aprueba la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

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Neldy San Martín

 

El Senado aprobó la minuta que le envió la Cámara de Diputados con modificaciones al proyecto de decreto para expedir la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, que busca reducir las muertes por accidentes de tránsito, y la envió al Ejecutivo federal para sus efectos legales.

Con 102 votos a favor, el Pleno de la Cámara alta respaldó los cambios a los artículos 3, 5, 7, 31, 44, 48, 52 y 54, que realizó la colegisladora al dictamen que el Senado había aprobado en diciembre de 2021.

La presidenta de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad, Patricia Mercado, dijo que con la aprobación de esta ley en ambas cámaras del Congreso se constituye un marco que ayudará a reducir muertes por siniestros viales en el país.

Se trata de la primera causa de fallecimiento entre personas de 1 a 24 años de edad y la segunda causa de 25 a 30 años.

“Esta ley lo que hace es un marco para, no evitar el error humano que ese siempre va a existir, sino para construir condiciones de tránsito, condiciones de regulación, condiciones de lineamientos, para que estos errores no terminen con la vida de las personas”, dijo Mercado.

De acuerdo con su exposición, nueve de cada 10 accidentes viales son debido a las altas velocidades y al alcohol, por ello, en esta ley se regula y se establecen límites de velocidad. También se estipula el alcoholímetro como una medida permanente en todo el país.

Mercado destacó que la aprobación de la ley es el resultado de un trabajo conjunto con las organizaciones de la sociedad civil. 

Entre las modificaciones que envió la Cámara de Diputados y que fueron avaladas por el Senado, se define la concurrencia entre la Federación, entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México en materia de movilidad y seguridad vial, y los mecanismos para su coordinación.

Se incluyó a “la Secretaría de Infraestructura Comunicaciones y Transportes” para el otorgamiento de permisos o autorizaciones de personas físicas o morales, para el servicio de transporte.

Además, los distintos órganos de gobierno deberán evitar gravar los servicios de autotransporte federal, transporte privado y sus servicios auxiliares.

También se fijan las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad.  

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