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lunes, diciembre 22, 2025

Es obligación de las personas aspirantes a juzgadoras conocer las reglas de la contienda y cumplirlas

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  • La magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso, hizo un llamado a todas las personas aspirantes a juzgadoras a que conozcan y cumplan cabalmente con las reglas de la elección extraordinaria establecidas tanto en la Constitución como en la ley.

Las prohibiciones para las personas contendientes son generales, no según el cargo por el que se compite, y por lo tanto deben apegarse a las reglas de la elección de manera universal, dijo durante un encuentro que sostuvo con mujeres comunicadoras, celebrado en el marco del mes de la mujer y de la conmemoración de la lucha por sus derechos.

Soto Fregoso recordó el principio que establece que el desconocimiento de la norma no exime la obligación de cumplirla, por lo que todas las personas que iniciarán en unos días sus campañas en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2025 están obligadas a conocer lo que pueden hacer en materia de propaganda y financiamiento, entre otros aspectos.

Aseguró que el TEPJF medirá con la misma vara a todas las personas participantes y resolverá los medios de impugnación que se presenten conforme a la ley vigente y los precedentes que haya o se vayan construyendo, sin importar los nombres involucrados en cada juicio.

La magistrada presidenta Soto Fregoso garantizó que el Tribunal Electoral resolverá los casos con oportunidad, como siempre lo ha demostrado, incluso cuando se han llegado a interponer los recursos un día antes de que las o los candidatos rindan protesta al cargo.

Al intercambiar puntos de vista con las comunicadoras de diversos espacios informativos y de opinión, Soto Fregoso expresó su confianza en que el proceso electoral se realizará en orden, paz y con apego a la ley y la Constitución.

Sostuvo que el Tribunal Electoral siempre garantiza el acceso a la justicia y emite una sentencia, la cual puede ser favorable o no al promovente, o incluso a veces desecharlas si se justifica, pero nunca se queda en silencio ante el ciudadano que acude a este órgano jurisdiccional en demanda de justicia.

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