PARTIDO DEL TRABAJO AGUASCALIENTES
La Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo, por mandato de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo y el Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en el Estado de Aguascalientes, con fundamento en los artículos 41 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2 párrafo 1, inciso a), 23 fracción II inciso a), 25 párrafo 1 inciso f), 34 párrafo 2, inciso e), y demás relativos y aplicables de la Ley General de Partidos Políticos; así como las facultades establecidas en los artículos 12, 14, 15 incisos c) y h), 23 fracción II, inciso a), 39 incisos h), k) y n), 40 párrafos segundo y tercero, 41, 43, 44 incisos a), g) e i); 47 párrafo primero, 56, 57, 58 párrafos cuarto y quinto, 59, 60, 61, 62 incisos a), b), c) y d), 90 inciso g), 117, TRANSITORIO PRIMERO y demás relativos y aplicables de los Estatutos aprobados mediante Resolución INE-CG205/2022, así como las facultades otorgadas en los Estatutos aprobadas en la Resolución INE-CG450/2023, por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Nacional, convocan a la celebración del:
CONGRESO ESTATAL EXTRAORDINARIO DEL PARTIDO DEL TRABAJO EN AGUASCALIENTES
Que se llevará a cabo en el Salón de Eventos San Julián, ubicado en Calle Blvr. Diamantes número 113, colonia Norias de Ojocaliente, C.P. 20367, Aguascalientes, Estado de Aguascalientes, el sábado 29 de marzo de 2025, a partir de las 16:30 horas para efectos del registro y los trabajos a partir de las 18:00 horas, de acuerdo con la Convocatoria emitida, aprobada y dada a conocer, de manera supletoria, por la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo en fecha 15 de enero de 2025.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La presente Convocatoria establece las Bases para normar la designación de las personas Delegadas al 12° Congreso Nacional del Partido del Trabajo de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 inciso h), 57 inciso e) y 90 inciso g), respetando irrestrictamente los principios de paridad sustantiva y de género en el número y proporción que fija la Convocatoria respectiva; conocerá el informe de la Comisión Ejecutiva Estatal en su caso, del Comisionado Político Nacional adscrito al Estado de Aguascalientes, fijará su línea política estratégica táctica y propondrá cambios a los Documentos Básicos del Partido del Trabajo -Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos- por lo que se convoca a la militancia y personas afiliadas de conformidad con la presente convocatoria y bajo el siguiente:
ORDEN DEL DÍA
Presentación de la Representación de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, que se encargará de instalar, presidir y sancionar la validez de los acuerdos, designaciones, mandatos, resoluciones y otras actividades que se determinen en el Congreso Estatal Extraordinario.
Declaración de quórum e Instalación del Congreso Estatal Extraordinario a cargo de la Representación de la Comisión Ejecutiva Nacional, de los integrantes de la Comisión Coordinadora Estatal y del Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en el Estado de Aguascalientes.
Nombramiento de la Secretaría de Actas y Escrutadores, quienes, junto con la Representación de la Comisión Ejecutiva Nacional y el Comisionado Político Nacional adscrito al Estado, integrarán la Mesa de Debates del Congreso Estatal Extraordinario.
Análisis, discusión y decisión del sistema de votación que adoptará el Congreso Estatal Extraordinario para cada uno de los asuntos que analizará, discutirá y asumirá.
Aprobación del Reglamento para el Congreso Estatal Extraordinario del Partido del Trabajo en el Estado de Aguascalientes.
Presentación, análisis y discusión de las propuestas de modificación a los Documentos Básicos del Partido del Trabajo -Declaración de Principios, Programa de Acción y Estatutos-.
Nombramiento en paridad de género y paridad sustantiva de las personas Delegadas del Congreso Estatal Extraordinario que asistirán al 12° Congreso Nacional Ordinario del Partido del Trabajo, que se celebrará a partir del 26 de abril de 2025, en la Ciudad de México.
Clausura de los trabajos.
B A S E S
PRIMERA. El Congreso Estatal Extraordinario del Estado de Aguascalientes se celebrará el sábado 29 de marzo de 2025, a partir de las 16:30 horas para efectos del registro y los trabajos a partir de las 18:00 horas, en el Salón de Eventos San Julián, ubicado en Calle Blvr. Diamantes número 113, colonia Norias de Ojocaliente, C.P. 20367, Aguascalientes, Estado de Aguascalientes.
SEGUNDA. La Instalación del Congreso Estatal Extraordinario estará a cargo de la Representación de la Comisión Ejecutiva Nacional y de la mayoría de las personas integrantes de la Comisión Coordinadora Estatal o por el 50% más uno de las y los integrantes de la Comisión Ejecutiva Estatal, de conformidad con el artículo 58 párrafo cuarto de los Estatutos vigentes, quienes de manera conjunta instalarán, presidirán y sancionarán la validez de los acuerdos, decisiones, resoluciones, elecciones, reelecciones, nombramientos, mandatos y otras actividades que se determinen.
TERCERA. El Congreso Estatal Extraordinario estará integrado por la Comisión Ejecutiva Estatal, la Comisión Coordinadora Estatal, la Comisión de Contraloría y Fiscalización Estatal, el Comisionado Político Nacional adscrito, las personas Legisladoras Federales y Locales del Partido del Trabajo, las y los Presidentes Municipales del Partido del Trabajo, las personas Representantes del Partido del Trabajo ante el Órgano Estatal Electoral -OPL-, así como las personas afiliadas Delegadas que fueron electas en paridad sustantiva y de género en sus respectivos Congresos Municipales Extraordinarios, en el número y proporción que a continuación se establece:
Aguascalientes, 30; Asientos, 10; Calvillo, 20; Cosío, 10; El Llano, 30; Jesús María, 20; Pabellón de Arteaga, 20; Rincón de Romos, 20; San José de Gracia, 20; San Francisco de los Romo, 10; y Tepezalá, 10.
CUARTA. Sólo podrán participar las personas Delegadas que para tal efecto se hayan acreditado ante la Comisión de Revisión, Acreditación y Registro, designada por la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, mediante el Escrito de Acreditación signado por la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo. Además, todas las personas Integrantes y Delegadas que asistan al Congreso Estatal Extraordinario, deberán presentar su Credencial para Votar vigente y de Afiliación al Partido del Trabajo, para cotejo, y entregar una copia simple de las mismas en la Mesa de Registro. Lo anterior, de conformidad con el artículo 57 inciso e) último párrafo, del marco estatutario vigente.
QUINTA. Las personas Delegadas que en su caso, participarán con base en los artículos 40 párrafos segundo y cuarto y 41 y/o 71 inciso g), deberán acreditarse ante la Comisión de Revisión, Acreditación y Registro, designada por la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, mediante el Escrito de Acreditación para participar como Delegadas y Delegados, signado por la Comisión Coordinadora Nacional.
SEXTA. La Comisión de Revisión, Acreditación y Registro del Congreso Estatal Extraordinario, por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva Nacional, estará integrada por las siguientes personas: CC. Pedro Vázquez González y Olga Lidia Herrera Natividad.
SÉPTIMA. La Comisión de Revisión, Acreditación y Registro se instalará a partir de la celebración del primer Congreso Municipal Extraordinario de la entidad, en la sede estatal del Partido del Trabajo.
OCTAVA. En el Congreso Estatal Extraordinario, con base en el artículo 25 inciso g), del marco estatutario vigente, se designará y nombrará a la militancia Delegada ante el 12° Congreso Nacional Ordinario a celebrarse a partir del 26 de abril de 2025, en la Ciudad de México, quienes deberán entregar copia legible-nítida de su Credencial para Votar vigente y de Afiliación al Partido del Trabajo, mismas que deberá anexarse al Acta correspondiente.
NOVENA. Los casos no previstos en la presente Convocatoria serán resueltos por la Comisión de conciliación designada por la Comisión Ejecutiva Nacional y el Comisionado Político Nacional del Partido del Trabajo en el Estado de Aguascalientes, de conformidad con lo establecido en los artículos 39 inciso k), 40, 47, TRANSITORIO PRIMERO y demás relativos y aplicables de los Estatutos aprobados mediante Resolución INE-CG205/2022, así como las facultades otorgadas en los Estatutos aprobadas en la Resolución INE-CG450/2023.
DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN
Cada acto en el ámbito de la tutela constitucional que se traduce en la salvaguarda de la vida interna del Partido del Trabajo, conforme a los principios de autodeterminación y auto-organización, surtirá sus efectos al momento en que ocurra y se considerará definitiva si no se impugna en los plazos que prevé la norma estatutaria del Partido del Trabajo y la presente Convocatoria.
En ningún caso, la presentación de un medio de impugnación tendrá efectos suspensivos sobre los actos combatidos.
DE LA DEFINITIVIDAD EN LAS DESIGNACIONES
Las actuaciones jurídicas que emita el Congreso Estatal Extraordinario o cualquier Órgano de Dirección del Partido del Trabajo vinculados a la presente Convocatoria, podrán ser impugnadas a través de los medios intrapartidarios previstos por los propios Estatutos del Partido del Trabajo.
Ciudad de México, enero 15 de 2025.
UNIDAD NACIONAL
¡TODO EL PODER AL PUEBLO!
POR LA COMISIÓN COORDINADORA NACIONAL
ALBERTO ANAYA GUTIÉRREZ (RÚBRICA)
REGINALDO SANDOVAL FLORES (RÚBRICA)
RUBÉN AGUILAR JIMÉNEZ (RÚBRICA)
PEDRO VÁZQUEZ GONZÁLEZ (RÚBRICA)
- MERCEDES MACIEL ORTÍZ (RÚBRICA)
ÁNGEL BENJAMÍN ROBLES MONTOYA (RÚBRICA)
MARÍA DE JESÚS PÁEZ GÜERECA (RÚBRICA)
MARÍA GUADALUPE RODRÍGUEZ MARTÍNEZ (RÚBRICA)
ALEJANDRO GONZÁLEZ YÁÑEZ (RÚBRICA)
FRANCISCO AMADEO ESPINOSA RAMOS (RÚBRICA)
OSCAR GONZÁLEZ YÁÑEZ (RÚBRICA)
MAGDALENA DEL SOCORRO NÚÑEZ MONREAL (RÚBRICA)
MARY CARMEN BERNAL MARTÍNEZ (RÚBRICA)
MARÍA DEL CONSUELO ESTRADA PLATA (RÚBRICA)
SONIA CATALINA ÁLVAREZ (RÚBRICA)
Responsable de la publicación de la Convocatoria, C. Silvano Garay Ulloa, Secretario Técnico de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, con fundamento en el artículo 37 Bis 1 de los Estatutos del Partido del Trabajo, Convocatoria debidamente aprobada por la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo en términos de los artículos 39 incisos a) b) y h) y 60 del marco estatutario del Partido del Trabajo.