HACIA UN NUEVO MODELO DE TRANSPARENCIA: REFORMAS ESTATALES por Hugo César Muñoz Durán - LJA Aguascalientes
14/07/2025

En el artículo anterior, se desagregó el proceso de transición respecto al derecho de acceso a la información pública, así como de la protección de datos personales a nivel federal, motivo, por el que en esta entrega se analizará el proceso de reformas en el estado de Aguascalientes.

En fecha 13 de marzo del año en curso, se aprobó el dictamen presentado por parte de los diputados, Fernando  Alférez  Barbosa,  Miriam  Yaszú  Muñoz  Márquez,  Irma  Reza  de  la  Cruz  y  Rodrigo Iván González Mireles, integrantes del Grupo Parlamentario de MORENA del Congreso del Estado de Aguascalientes, respecto de la iniciativa de Reforma Constitucional en materia de simplificación Orgánica, con el fin de homologar las disposiciones normativas de acuerdo a la federación. Sin embargo, de acuerdo a los transitorios de la reforma Constitucional federal, primero deberían de publicarse las disposiciones normativas generales de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, para que de acuerdo a dichas disposiciones, las entidades homologaran las propias. Condición que el Congreso del Estado de Aguascalientes incumplió al reformar su Constitución previo a la publicación de dichas disposiciones generales, toda vez, que éstas fueron publicadas el 20 de marzo del año en curso. 

En el proyecto de la reforma constitucional estatal, se estableció la eliminación del Instituto de Transparencia del Estado de Aguascalientes, así como la designación de las autoridades garantes que absorberían sus funciones para la resolución de medios de impugnación. Para el caso de los sujetos obligados del Poder Ejecutivo Estatal, así como de los ayuntamientos, la Contraloría del Estado de Aguascalientes será su Autoridad Garante, para el Poder Legislativo y Judicial, así como de los Órganos Constitucionales Autónomos corresponderá a los Órganos Internos de Control u homólogos. Para el caso de los sindicatos, su autoridad garante será el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes y para los partidos políticos corresponderá del Instituto Electoral del Estado de Aguascalientes.

Es importante mencionar, que a pesar de que el Dictamen fue aprobado en fecha 13 de marzo, éste, no fue publicado, sino, hasta el 14 de abril del año en curso, toda vez, que, en las reformas constitucionales, deberán contar con la aprobación de la mitad más uno de los ayuntamientos, lo que retrasó la aprobación y publicación del Decreto #140. 

En dicho Decreto se estableció en el artículo segundo transitorio el plazo de 30 días naturales a partir de su entrada en vigor para la realización de las adecuaciones a la normatividad del Estado, en consecuencia, dentro de ese plazo, deberían de encontrarse publicadas la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Aguascalientes, así como la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de Aguascalientes. 

En tal sentido, el 15 de mayo fue presentado el paquete normativo, en el que se propone  tanto los proyectos de ley en materia de transparencia, así como de protección de datos personales, y reformas a distintos ordenamientos, como a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Aguascalientes, así como de la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Aguascalientes y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Aguascalientes, sin embargo, éstas deberían de seguir su proceso legislativo, motivo, por el que en misma fecha, fueron tunadas a la comisión de transparencia y anticorrupción para su análisis y posterior dictaminación.

En fecha 22 de mayo, de acuerdo al artículo 31 de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes se remitió la iniciativa a la Secretaría General de Gobierno del Estado, solicitando su opinión al respecto del tema planteado, dicha dependencia emitió su planteamiento en fecha 03 de junio, indicando la viabilidad del paquete normativo presentado. 

Posterior a su proceso legislativo, dicho paquete normativo fue aprobado en fecha 12 de junio, lo que de nueva cuenta, el Congreso del Estado de Aguascalientes incumplió en el plazo establecido por ellos mismos, ya que de acuerdo a los 30 días naturales impuestos en la reforma constitucional, este paquete normativo, se debió de haber aprobado a más tardar el 14 de mayo, por lo que estuvieron 29 días fuera del plazo.

De lo más relevante en el contenido de las leyes en la materia, es que para el caso de Aguascalientes no se contempla un Órgano desconcentrado como en la federación, siendo la Contraloría del Estado de Aguascalientes la competente para la resolución de medios de impugnación en materia de transparencia y protección de datos personales, tanto para el ejecutivo estatal, así como de los ayuntamientos.  


Agradezco su lectura y comentarios. 

 

Hugo César Muñoz Durán

[email protected]

 


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