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viernes, diciembre 5, 2025

Presentan iniciativa en Cabildo para regular antenas de telecomunicación

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  • Las antenas no deben colindar con casas habitación: Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza
  • A pesar de la Clausura por parte de Sedum las antenas de Telmex, Nextel y Movistar siguen instaladas

Durante la sesión ordinaria abierta de Cabildo, Carmen Lucía Franco Ruiz Esparza, regidora presidenta de la Comisión de Gobernación, presentó la iniciativa de adición del artículo 1156 Bis al Código Municipal de Aguascalientes, para la regulación de antenas de telecomunicación, específicamente en el Capítulo VII, que se refiere a las disposiciones particulares de los Usos de Suelo del Código Municipal.

La regidora comentó: “ahorita están dando tantos dolores de cabeza a muchos habitantes del municipio de Aguascalientes, y lo hemos observado y vemos que la reglamentación municipal no existe algo que regule directamente esto, entre los puntos más relevantes ponemos que se debe acatar el hecho de que la ubicación del predio en el que se instale, primero: no deberá ser menor de 200 metros y segundo: que no debe colindar con casas habitación, instalaciones educativas ni de salud, ni de asistencia social como guardería, asilos, hospicios, entre otros, ni colindar con estaciones de servicio o carburación y subestaciones eléctricas ni colocarse a menos de 150 metros de distancia de cualquiera de los usos escritos”.

Agregó que la Comisión ha recibido muchas quejas de vecinos ya que han estado colocando antenas en terrenos baldíos que están entre dos casas habitación, incluso están dañando las estructuras de las casas.

“Imagínense ustedes que trabajan toda la vida para tener una casa, la construyen y después llegan y te instalan una de estas antenas y te causan un perjuicio directo, se va a turnar a la Comisión de Desarrollo Urbano y Rural para que dictamine y ojalá en la siguiente sesión de Cabildo pueda hacerse esta adición”.

En días anteriores, Enrique Peralta Plancarte, titular de la Secretaría de Desarrollo Urbano Municipal (Sedum), había anunciado la clausura de varias antenas de telefonía de Teléfonos de México (Telmex), Telefónica Móviles de México (Movistar) y Comunicaciones Nextel de México (Nextel), ya que se encontraban en zonas habitacionales; esto debido a las quejas de vecinos de los fraccionamientos de Villas del Campestre, Trojes de Alonso y Canteras.

Sin embargo, debido a la falta de regulación, estas empresas continúan operando gracias a la promoción de amparos.

En el caso de las estructuras que ya están instaladas y no cumplen con estas disposiciones, Franco Ruiz Esparza explicó que la Ley no tiene aplicación retroactiva, es decir, que si se hacen las adiciones a este artículo no se podrán retirar las antenas ya instaladas.

“Con esta ley podemos prever para las (antenas) que vienen, sobre todo porque tenemos casos de que empiezan a hacer la construcción sin tener permisos, ni compatibilidad urbanística, ni lineamientos, ni permiso de construcción y empiezan a levantarlas, entonces sí es algo que tenemos que regular en beneficio de la ciudadanía”.

Hace años ya se había empezado a trabajar en un reglamento para la instalación de este tipo de antenas, pero de acuerdo a la funcionaria, “no ha habido la luz, ahorita lo que queremos es un artículo que sea el antecedente y que después sigan trabajando el reglamento”.

Se le preguntó si el motivo de las adiciones al artículo, atienden también al posible daño a la salud por la cercanía de las antenas con las casas, a lo que respondió: “Demostrado científicamente como tal no, pero si tú entras a internet te darás cuenta de un sinfín de artículos que soportan la teoría, pero hasta el momento que se cuente con un examen científico que ocasione un daño a la salud, no”.

De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, en su nota descriptiva no.304, Los campos electromagnéticos y la salud pública: Estaciones de base y tecnologías inalámbricas, publicada en mayo de 2006, concluye que “teniendo en cuenta los muy bajos niveles de exposición y los resultados de investigaciones reunidos hasta el momento, no hay ninguna prueba científica convincente de que las débiles señales de Radio Frecuencia (RF) procedentes de las estaciones de base y de las redes inalámbricas tengan efectos adversos en la salud”.

El problema se presenta también debido a que las compañías llegan con los vecinos y les ofrecen de 20 a 40 mil pesos por la renta del terreno.

La presidenta de la Comisión de Gobernación del Cabildo anotó que la adición al Código, no se contrapone con las reformas a la Ley de Comunicaciones: “no, verificamos y los criterios que se dan son muy generales, no existe contraposición porque finalmente el municipio es autónomo en regular su uso de suelo”.

–Al hacerse esta adición al Código Municipal, ¿considera que los intereses de las empresas se verán afectados?

–No lo sé, nosotros estamos aquí para velar por los intereses de los ciudadanos, las empresas tendrán que buscar los lugares adecuados en donde se pueden instalar- comentó la regidora.

Entre otras adiciones al artículo 1156 Bis, se encuentran: “B. Solo podrán instalarse en predios baldíos, y en su defecto en las azoteas de edificaciones destinadas al comercio y/o servicios; H. Está prohibida la colocación de anuncios en las estructuras de las antenas de telecomunicaciones; J. No podrán instalarse dentro de un radio de 500 metros a partir de los límites de monumentos y sitios de valor arqueológico, histórico y/o artístico”.

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