- El ombudsman no ha notificado la negación del procurador de la recomendación emitida
- El artículo 70 obliga a la Comisión a publicar las recomendaciones no aceptadas o no cumplidas
La presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, Anayeli Muñoz Moreno, coincidió con la declaración de su compañero Mario Álvarez Michaus sobre a la exigencia de que el ombudsman de Aguascalientes cumpla con lo establecido en la ley y notifique al Congreso los casos en los que la autoridad no acepta una recomendación.
“El ombudsman tiene la obligación de notificar al Congreso del Estado cuando una recomendación no ha sido aceptada y cuando la CEDH no está de acuerdo, para que nosotros citemos a comparecer a ambos para que expliquen sus razones”, hasta el momento, los diputados no han recibido ningún tipo de oficio donde se manifieste que la Procuraduría no aceptó las recomendaciones de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, como lo indicó el propio titular, Jesús Eduardo Martín Jáuregui, semanas atrás.
“Le pedimos al ombudsman que se apegue a la Ley y no haga declaraciones mediáticas sin fundamentos reales”, ya que en una plática informal que sostuvo con él, se le cuestionó lo manifestado a los medios sobre la negación del procurador a la recomendación de la Comisión y la inexistencia de información al Congreso.
Sin la notificación oficial, la Comisión de Derechos Humanos no tiene ningún sustento para solicitar al funcionario a comparecer ante ellos, por lo tanto Muñoz Moreno exhortó a Martín Jáuregui a que explique el caso, en qué fecha se emitió la recomendación y cuál fue la respuesta del procurador, “el ombudsman me dijo que todavía no estaba en condiciones de hacerlo, para nosotros esa no es respuesta, si lo dijo en medios por qué no hacerlo de manera oficial”, siguiendo lo establecido por la ley donde obliga a la CEDH a estudiar la respuesta de la instancia que no aceptó su recomendación y en caso de no estar de acuerdo con esos argumentos, debe notificar al Congreso.
La Ley de la Comisión de Derechos Humanos en su artículo 70 especifica que la CEDH debe publicar en el Periódico Oficial del Estado, en un diario de circulación estatal y en su portal de internet, las recomendaciones no aceptadas o no cumplidas; el artículo 71 dice que cuando la recomendación no sea aceptada o cumplida en el plazo otorgado, la autoridad responsable deberá informar su negativa a la CEDH de manera fundada, para que a su vez sea publicado en los tres medios antes mencionados.
En el 72 se ratifica que la Comisión puede solicitar al Congreso, en este caso a la Comisión de Derechos Humanos, que llame a comparecer de forma pública a la autoridad responsable para que explique el motivo de su negativa.
Hasta el momento, la Comisión no ha recibido ninguna notificación del ombudsman más allá de unas gacetas informativas, lo que desde la perspectiva de la presidenta y del resto de los integrantes es muestra de que no se toma en cuenta al Poder Legislativo ni se le está dando el debido seguimiento a los casos de violación a los derechos humanos.




