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jueves, febrero 5, 2026

Interés electoral interfiere en acceso a derechos humanos

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  • Matrimonios igualitarios y tipificación del feminicidio, pendiente
  • Sin discutirse tampoco la despenalización del aborto

Por intereses electorales, los diputados de la LXII Legislatura han detenido la discusión de reformas legislativas de acceso a derechos humanos fundamentales, muchos de ellos ya reconocidos en otras entidades del país. Entre la lista de temas rezagados se apunta la tipificación del feminicidio como delito autónomo, la permisividad para dotar a los matrimonios igualitarios de sus derechos legales y la despenalización del aborto. Las fuerzas políticas temen perder votos tras la aprobación de dichos temas.

En la exigencia a los legisladores por abordar la discusión de los asuntos, se han sumados diversas organizaciones civiles, como el Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG), el Colectivo Sergay y el Centro de Capacitación para el Desarrollo Comunitario (Cecadec).

“Obedece mucho a un tema electoral, que es por lo que no se ha legislado en otros temas, como la despenalización del aborto, la tipificación del feminicidio, que es otro factor que tiene que ver con el reconocimiento de la desigualdad en las leyes y en el acceso a la justicia y mucho con el machismo que todavía impera en la mentalidad de muchos de los legisladores”, señaló Mariana Ávila Montejano, coordinadora del OVSG.

En Aguascalientes, la tipificación del feminicidio no ha sido avalada por los diputados a pesar de que ya existe una iniciativa presentada. La mayoría de los legisladores opina que la mejor opción es aumentar los años del delito como agravante del homicidio, lo que abona a la invisibilización del delito.

En el Código Penal del Estado de Aguascalientes para el agravante de feminicidio se estipula una pena de 20 a 50 años de prisión; se concebirá como feminicidio cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; cuando a la víctima se le hayan infligido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones, previas a la privación de la vida; o cuando la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a su fallecimiento. Hasta el momento, en Aguascalientes existen menos de cinco casos de homicidas sentenciados con el delito de feminicidio.

Sobre el aborto, el Código Penal considera una tipificación del mismo como doloso, el si la mujer embarazada lo realiza conscientemente, se le aplicarán de seis meses a un año de prisión y de 40 a 80 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados.

Al responsable de “aborto doloso” se le aplicarán de uno a tres años de prisión y de 40 a 80 días multa, y al pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados. Cuando lo realice un médico, cirujano o partero, además de la punibilidad ya establecida, se le suspenderá de dos a cinco años en el ejercicio de su profesión u oficio.

En junio de este año, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución en la cual establece el derecho de las personas homosexuales a acceder al matrimonio, con los derechos y obligaciones que se le conciben en el país. El asunto tampoco ha sido discutido en el Congreso del Estado. Durante este mes, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió un llamado a las 30 entidades federativas del país que aún no permiten el matrimonio homosexual a legislarlo, por considerar que no hacerlo atenta contra los derechos humanos de las personas.

En Aguascalientes, se inició con el proceso electoral 2015-2016 en octubre pasado, mismo que culminará con elecciones locales para elegir a gobernador, presidentes municipales y diputados locales en junio próximo.

 

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